20 DE JUNIO DE 1979 .- Autorízase a CORDEOR donar 750. m2 en Urbanización "El Jardín", zona Norte Oruro a Min. Educación p/ra ampliación de la construcción dei edificio del Consejo Ejecutivo Departamental de Educación CEDED.
DECRETO SUPREMO Nº 16611
GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que por Convenio suscrito entre el Gobierno de Bolivia y el Gobierno de los Estados Unidos de América, de 16 de agosto de 1974, se ha acordado la concesión de un crédito destinando a la construcción del Edificio del Consejo Ejecutivo Departamental de Oruro, según contenido del préstamo A.I.D. Nº. 5ll-V.- 051.;
Que, por otra parte, el Decreto Supremo Nº. 14886, de 2 de septiembre de 1977, otorga a la Corporación de Desarrollo de Oruro la facultad de negociar y vender directamente los terrenos adquiridos de la Empresa Nacional de Ferrocarriles del Estado;
Que en ejecución de esas medidas la Corporación de Desarrollo de Oruro cedió en favor del Ministerio de Educación y Cultura, los terrenos de su propiedad situados en la Urbanización “El Jardín”, de la zona Norte de la ciudad de Oruro, en una superficie de 3.750 mts2. en permuta con otros terrenos pertenecientes a la Dirección Departamental de Educación Urbana en la calle Sucre de esa ciudad;
Que esa operación de permuta debe completarse con la superficie de 750 mts2., más que la Corporación de Desarrollo de Oruro cede a favor del Ministerio de Educación y Cultura, dentro de la urbanización “El Jardín”, con destino a la ampliación del edificio y dependencia del Edificio del Consejo Ejecutivo Departamental de Educación CEDED;
Que si bien es cierto que para que el Estado pueda desprenderse de sus bienes debe mediar el procedimiento de subasta pública, este principio vale cuando esa transferencia es a favor de particulares; más no cuando la cesión se efectúa a favor de otras dependencias del Estado, en cuyo caso los bienes no salen de su patrimonio;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Corporación de Desarrollo de Oruro, donar 750 mts2., dentro de la Urbanización "El Jardín”, zona Norte de la ciudad de Oruro, en favor del Ministerio de Educación y Cultura, con destino a la ampliación de la construcción del edificio del Consejo Departamental de Educación CEDED.
ARTÍCULO 2.- Autorízase la suscripción la respectiva escritura pública entre los personeros de la Corporación de Desarrollo de Oruro y el Ministerio de Educación y Cultura.
ARTÍCULO 3.- Quedarán derogadas las disposiciones contrarias al presente Decreto.
Los señores Ministros en los Despachos de Planeamiento y Coordinación y de Educación y Cultura, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto:
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de junio de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Jorge Echazu Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echavarría.