25 DE JUNIO DE 1979 .- Autorízase con carácter excepcional a CORDEOR y CORDEPO la selección de una Empresa Consultora Internacional, asociada con una nacional para el diseño final de la Fábrica de Cemento de Sevaruyo.
DECRETO SUPREMO Nº 16631
GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 16623 de fecha 21 de junio de 1979 se aprobó el proyecto de la fábrica de cemento en la localidad de Sevaruyo a ser implementada por las Corporaciones de Desarrollo de Oruro y Potosí;
Que, es necesario autorizar la consultoría para el diseño final, buscando una adecuada implementación del proyecto;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase con carácter de excepción a las Corporaciones Regionales de Desarrollo de Oruro (CORDEOR) y Potosí (CORDEPO) la selección de una Empresa Consultora Internacional especializada, asociada con una nacional, en base a 5 invitaciones directas, para la elaboración del diseño final de la fábrica de cemento de Sevaruyo, incluyendo entre otros las especificaciones generales. y técnicas para la licitación, de provisión e instalación de la maquinaria, los equipos y las obras civiles, estructura de inversión, costos y financiamiento, ampliaciones de acuerdo con el mercado nacional y la rentabilidad del proyecto; diseño institucional y entrenamiento de personal y servicios gerenciales administrativos.
ARTÍCULO 2.- Los términos de referencia de la invitación directa para el diseño final serán elaborados por ambas Corporaciones en cooperación con el Instituto Nacional de Preinversión (INALPRE).
ARTÍCULO 3.- La capacidad de Producción de la planta de cemento de Sevaruyo, podrá ser ampliada dentro un régimen acorde y paralelo a la capacidad de mercado de consumo; en el área de su influencia.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Planeamiento y Coordinación, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de junio de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandoval, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villaroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echavarría.