28 DE JUNIO DE 1979 .- Apruébase el nuevo Esta- tatuto Orgánico de FOMO, en sus V Títulos, X Capítulos y 64 Artículos de que consta.
DECRETO SUPREMO Nº 16669
GRAL. DIV DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA HONORABLE JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
C O N S I D E R A N D O:
Que, por Decreto Supremo Nº 12086, Artículo 2º, de 27 de diciembre de 1974, se aprobó el Estatuto Orgánico del Servicio Nacional de Formación de Mano de Obra (FOMO).
Que, es necesario dotar al Servicio Nacional de Formación de Mano de Obra de un instrumento jurídico, que armonice su actual Estructura, con las exigencias que plantea el logro de sus objetivos;
Que, para el efecto, el Servicio Nacional de Formación de Mano de Obra, ha elaborado un nuevo Estatuto Orgánico, por lo que se hace necesario dictar la disposición legal que apruebe el mismo.
EN CONSEJO DE MINISTROS, Y CON EL DICTAMEN AFIRMATIVO DEL CONSEJO NACIONAL DE ECONOMIA Y PLANEAMIENTO,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase el nuevo Estatuto Orgánico del Servicio Nacional de Formación de Mano de Obra (FOMO), en sus V Títulos, X Capítulos y 64 Artículos de que consta.
ARTÍCULO 2.- Se deja sin efecto el Estatuto Orgánico del Servicio Nacional de Formación de Mano de Obra (FOMO), aprobado por Decreto Supremo Nº 12086, Artículo 2º de 27 de diciembre de1974.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Trabajo y Desarrollo Laboral, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de junio de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandóval, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellmán Sandóval, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echavarría.