28 DE JUNIO DE 1979 .- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Presidencia de la República para el Centro de Diplomados en Altos Estudios Nacionales por $b. 1.400 000.— con recursos del Tesoro Ncl. y vigencia en la presente gestión.
DECRETO SUPREMO Nº 16670
GRAL. DIV DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA HONORABLE JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Centro de Diplomados en Altos Estudios Nacionales, creado mediante Decreto Supremo N° 12244 de fecha 31de Diciembre de 1975, dependiente de la Presidencia de la República, en su condición de Institución Jerárquica dedicada específicamente al Asesoramiento del Consejo Nacional de Seguridad, requiere de un Presupuesto Adicional con cargo a fondos del Tesoro Nacional por la suma de $b. 1.400.000.- para cumplir obligaciones pendientes;
Que, la Dirección General de Presupuestos del Ministerio de Finanzas, previo un exhaustivo análisis de requerimientos se pronuncia en favor del referido Presupuesto Adicional, por consttiuir obligaciones de impostergable cumplimiento de la Institución para con terceros;
Que, en consecuencia corresponde al poder Ejecutivo aprobar el Presupuesto Adicional, de referencia en la forma estatuída por el Artículo 27 del Decreto Ley Nº 15338 del 3 de Marzo de 1978, incluyendo el detalle de ingresos y Egresos elaborado por el Ministerio de Finanzas
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Presidencia de la República para el Centro de Diplomados en Altos Estudios Nacionales, por la suma de UN MILLON CUATROCIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 1.400.000.-), con cargo a recursos del Tesoro Nacional y vigencia en la presente Gestión Fiscal de acuerdo al siguiente detalle:
Código | DESCRIPCION | Adicional
1979
700 | TRANSFERENCIAS | 1.400.000.-
710 | Al Sector Privado | 1.400.000.-
713 | Subsidios o Subvenciones | 1.400.000.-
Centro de Diplomados en Altos Estudios Nacionales | 1.400.000.-
T o t a l :……………………………………………. | 1.400.000.-
El señor Ministro de Estado en el Despacho del Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de junio de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandóval, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellmán Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echavarría.