05 DE JULIO DE 1979 .- Apruébase la adjudicación de 246 vehículos efecutada por la H. Junta de Adquisiones de COMIBOL, favor varias firmas.
DECRETO SUPREMO Nº 16695
GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, mediante Convocatoria a Propuestas No AAAC 99/78 de fecha 26 de marzo de 1979 la Corporación Minera de Bolivia, solicitó públicamente la adquisición de 246 vehículos a objeto de cubrir sus necesidades de explotación minera y renovación de equipos de transporte;
Que, la H. Junta de Adquisiciones de la Corporación Minera de Boliva, dando estricta aplicación al Decreto Ley No 15223 de 30 de diciembre de 1977, procedió a la adjudicación de la mencionada partida de vehículos en su sesión No 669 realizada en fecha 29 de junio del año en curso;
Que, la mencionada compra y consiguiente importación de vehículos de los tipos señalados en el Pedido Global No 31474/T – 2118 se halla justificada por el uso y destino que la corporación Minera de Bolivia les dará en la industria Minera a su cargo, por cuya razón es procedente otorgar la aprobación y consiguiente autorización de importación.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación de 246 unidades de vehículos efectuada por la H. Junta de Adquisiciones de la Corporación Minera de Bolivia, mediante Licitación Pública y de acuerdo al Decreto Ley No 15223 de 30 de diciembre de 1977, en su reunión Nº 669 de 29 de junio del año en curso, de acuerdo al siguiente detalle:
70 Unidades camiones volquetas de 10 toneladas marca “ISUZU” a la firma “SIDEC OVERSEAS (Bolivia) S.A.
23 Unidades omnibuses marca “FARGO” a la firma “OVANDO Y CIA”.
2 Unidades Chasis Microbuses marca “ISUZU” a la firma “SIDEC” OVERSEAS” Bolivia S. A.
10 Unidades chasis camiones de estacas marca “FARGO” a la firma “OVANDO Y CIA”.
10 Unidades Chasis cabinado de 10 toneladas marca “IZUSU” a la firma SIDEC OVERSEAS (Bolivia) S. A.
5 Unidades cisternas marca “ISUZU” a la firma “SIDEC OVERSEAS” (Bolivia) S. A.
21 Unidades Vagonetas 4x4 marca “TOYOTA BOLIVIANA LTDA”.
40 Unidades Jeeps 4x4 marca “TOYOTA” a la firma “TOYOTA BOLIVIANA LTDA”.
45 Unidades camionetas doble cabina 4 x 4 a la firma “OVANDO Y CIA”.
20 unidades ambulancias 4x4 marca “NISSAN” a la firma “DISTRIBUIDORA NISSAN”.
ARTÍCULO 2 .- Se autoriza a la Corporación Minera de Bolivia, la importación de los vehículos de acuerdo al detalle del Artículo anterior, con la consiguiente liberación del pago de los derechos arancelarios é impuestos aduaneros.
ARTÍCULO 3.- El Ministerio de Finanzas concederá la liberación mediante Resolución expresa, a la presentación de los documentos originales legalizados en el país de procedencia, debiendo dicha importación de los 246 vehículos registrarse en el Departamento de Bienes Nacionales de la Contraloría General de la República.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Minería y Metalurgia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de julio de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandoval, Gary Prado Salmon, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomon Soria, Jaime Arancibia Echavarría.