05 DE JULIO DE 1979 .- Apruébase el Presupuesto Adicional para Acción Cívica de las FF.AA., con cargo a fondos del Tesoro Ncl. por $b. 763.736.— para su vigencia en presente gestión.
DECRETO SUPREMO Nº16723
GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, con el fin de proseguir con el programa de Nucleamiento de Fronteras, especialmente el que se refiere al Núcleo Poblacional "Ravelo", ubicado en la Provincia Cordillera del Departamento de Santa Cruz, se hace necesario aprobar un Presupuesto Adicional con cargo a fondos del Tesoro General de la Nación, en favor de Acción Civica de las Fuerzas Armadas;
Que, de acuerdo a información presentada por la Dirección General de Presupuestos del Ministerio de Finanzas, Acción, Cívica de las Fuerzas Armadas ha contraído la obligación de proseguir con las obras iniciadas, habiendo suscrito convenios de cooperación con los colonos de éste Núcleo Poblacional, con el propósito de prestarles ayuda a fin de lograr el desarrollo de ésta alejada zona del País;
Que, siendo el repoblamiento de las fronteras de alta prioridad del Estado, corresponde al Poder Ejecutivo dar curso al referido Presupuesto Adicional en la forma prevista por el Art. 27 del Decreto Ley del 3 de marzo de 1978.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruebase el Presupuesto Adicional para Acción Cívica de las Fuerzas Armadas, con cargo a fondos del Tesoro General de la Nación por la suma de SETECIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 763.736,00), para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:
Código | D e s c r i p c i ó n | Presupuesto Adicional 1979
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700 | TRANSFERENCIAS | 763.736,00
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720 | Al sector Público | 763.736,00
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724 | Transferencia de Capital por Subvenciones | 763.736,00
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ADMINISTRACION DESCENTRALIZADA | 763.736,00
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2.- Instituciones Públicas | 763.736,00
Acción Cívica Nacional | 763.736,00
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T O T A L : | 763.736,00
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FF.AA. como organismo receptor de la anterior transferencia, se sujetará al siguiente detalle de EGRESOS
Articulo 2º.- Acción Cívica de la
ORGANISMO : ACCION CIVICA NACIONAL
CAPITULO 1 : INVERSIONES
PROGRAMA 01 : NUCLEAMIENTO DE FRONTERAS
Proyecto 01 : Infraestructura Fronteriza
T O T A L : | 763.736,00
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los cinco días del mes de julio de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandóval, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echavarría.