05 DE JULIO DE 1979 .- Apruébase el Presupuesto Adicional de Min. Minería, con cargo a fondos del Tero Ncl. por $b. 475.900.— para su vigencia en la presente gestión.
DECRETO SUPREMO N° 16727
GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, mediante D.L. Nº 16155 de 1° de febrero de 1979, fue aprobado el Presupuesto del Sector Público, correspondiente a la presente gestión fiscal, con el objeto de ejecutar una adecuada racionalización del gasto público, así como la política financiera trazada por el Supremo Gobierno, para impulsar el desarrollo económico y social del país.
Que, la suma aprobada para el Ministerio de Minería y Metalurgia por el referido Decreto Ley, es insuficiente para atender los nuevos requerimientos de dicha dependencia, de consiguiente se hace necesario disponer la aprobación de un Presupuesto Adicional, que le permita solventar las obligaciones contraídas con cargo a fondos provenientes del Tesoro Nacional.
Que, en la ciudad de Jakarta-Indonesia se realizará la reunión de Ministros de Ministros de Minería de los Países Productores de Estaño con objeto de tratar la política que debe observarse en forma conjunta ante el Consejo Internacional del Estado en beneficio de estos países; debiendo luego trasladarse a la ciudad de Londres-Inglaterra para asistir a la Reunión del 6to. Convenio Internacional del Estaño.
Que, por, los anteriores antecedentes la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, ha elaborado el Informe correspondiente por el que se determina la procedencia para la aprobación del Presupuesto Adicional solicitado por el Ministerio de Minería y Metalurgia.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Minería y Metalurgia a fin de reforzar el presupuesto de la gestión de 1979, con cargo a fondos provenientes del Tesoro Nacional por la suma de CUATROCIENTOS SETENTICINCO MIL NOVECIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 475.900.), de acuerdo al siguiente detalle:
CAPITULO 1 : FUNCIONAMIENTO
PROGRAMA 01: DIRECCION DE ADMINISTRACION
T o t a l : | 475.900
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Minería y Metalurgia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de julio de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandóval, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echavarría.