19 DE JULIO DE 1979 .- Autorízase a la H. Alcaldía Mpl. de Punata, con carácter de excepción, adquirir directamente maquinaria y equipo para obras de emergencia, de la firma CIBO hasta $us. 233.000.—
DECRETO SUPREMO N° 16794
GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el contínuo desarrollo de la Provincia de Punata ha incrementado las necesidades vitales como ser apertura de 'nuevas arterias y vías públicas, centros poli-funcionales, incorporación de terrenos al área urbano con fines de vivienda preveer soluciones inmediatas y mediatas a los problemas socio- urbanos emergentes.
Que, las importantes funciones a cargo del municipio pueden llevarse a cabo contando con los medios económicos y técnicos necesarios, especialmente con maquinaria y equipo pesado, así como otros vehículos de trabajo capaces de cumplir eficientemente los programas globales trazados para el efecto.
Que, al presente la H. Alcaldía Municipal viene cumpliendo sus programas con mínimo de maquinaria, equipo y vehículos en pésimo estado por lo que se hace indispensable su renovación y adquisición de nuevas unidades a fin de no entorpecer el desarrollo de las actividades que le son propias.
Que, al no existir disposiciones legales en materia de adquisiciones que contemple situaciones de emergencia como la presente, es deber del Supremo Gobierno de la Nación dictar las disposiciones legales y otorgar las facilidades y medios necesarios para la efectivización de tales planes de desarrollo urbano.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTICULO 1.- Autorízase a la H. Alcaldía Municipal de Punata, con carácter de excepción, para que adquiera directamente maquinaria y equipo indispensable y de vital importancia para obras y necesidades de emergencia, de la firma "CIBO" hasta el monto total de $us. - 233.000. - (DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS), conforme al siguiente detalle:
Descripción | Cantidad | Unitario | Parcial
---|---|---|---
Costo | Monto
Tractor John Deere
Modelo 850 | 1 | 99.000.- | 99.000.-
Motoniveladora John
Deere Modelo 670 | 1 | 79.000.- | 79.000.-
Cargadora Frontal John
Deere 544-B | 1 | 55.000.- | 55.000.-
TOTAL: | 233.000.-
ARTICULO 2.- Para tal efecto la Alcaldía Municipal de Punata, queda autorizada a suscribir el contrato respectivo con la indicada firma consignando las especificaciones técnicas y clausulas de seguridad, garantías, formas de financiamiento, con la concurrencia del Ministerio de Finanzas, el Ministerio Publico y Contraloría Departamental de la República.
ARTICULO 3.- Toda la maquinaria señalada en el presente Decreto queda liberada del pago de derechos arancelarios, adicional e impuestos nacionales sobre ventas municipales, departamentales universitarios excepto el 1% Pro- Desarrollo del Noroeste 10.0% tributable a la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros y el 10% de timbre sobre el monto liberado.
Los señores Ministros de Estado, en los Despachos del Interior, Migración y Justicia y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de julio de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandóval, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellman Forteza, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echavarría.