19 DE JULIO DE 1979 .- Apruébase la adjudicación de la H. Junta de Selección de CORDEOR favor sociedad accidental conformada por GEOBOL y la firma consultora SCIDE por $b. 13.000.000.— para dotación de agua potable en Oruro.
DECRETO SUPREMO Nº 16814
GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA HONORABLE JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, habiendo decidido encarar la solución del problema de la dotación de agua potable para la ciudad de Oruro, la Corporación Regional de Desarrollo ha preparado y presentado ante el Banco Interamericano de Desarrollo, una solicitud de crédito destinado a solventar la solución de este problema, en cuya consecuencia y a objeto de atender esta solicitud, el mencionado organismo internacional ha requerido la presentación y demostración previa de un caudal suficiente de agua para la población, el levantamiento de la intervención del Servicio Local de Acueductos y Alcatarillados SELA ORURO, así como de los estudios completos de una nueva red de distribución de agua potable para la ciudad de Oruro};
Que, a los fines de cumplir con estos requisitos y habiendo incluído dentro su plan operativo, la Corporación de Desarrollo de Oruro ha lanzado las convocatorias públicas de ley, una de las cuales se refiere a trabajos de INVESTIGACION Y VERIFICACION DE FUENTES DE ABASTECIMIENTO Y DESARROLLO DE POZOS DE AGUA PARA LA CIUDAD DE ORURO, proyecto que es encarado con fondos propios y con otorgados mediante préstamo del INSTITUTO NACIONAL DE PREINVERSION:
Que, el cumplimiento a los términos legales de convocatoria y lo contenido por la Ley de Consultoría, la Honorable Junta de Licitaciones de CORDEOR, abrió las propuestas presentadas, pasando a designar las comisiones legal y técnica y a objeto de dar cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 19º y con relación al Art. 24° del Decreto Supremo Nº 13964,
Que, evacuados como fueron los informes legal y técnico, la Honorable Junta de Selección aprobó los mismos en su reunión de fecha quince de junio del presente año, designando en consecuencia la Comisión Negociadora a los fines previstos en el Artículo 34º del mencionado instrumento legal, comisión que cumpliendo su trabajo evacuó el acta informe de fecha diecinueve de junio del presente año, el mismo que al ser parobado generó la adjudicación para realizar los trabajos de INVESTIGACION Y VERIFICACION DE FUENTES DE ABASTECIMIENTO Y DESARROLLO DE POZOS DE AGUA PARA LA CIUDAD DE ORURO en favor de la sociedad accidental conformada por el SERVICIO GEOLOGICO DE BOLIVIA (GEOBOL) y la firma consultora SERVICIOS DE CONSULTORIA EN INGENIERIA Y DESARROLLO ECONOMICO (SCIDE) por la suma de TRECE MILLONES 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 13.000.000.-), y con un plazo de ejecución de CIENTO OCHENTA (180) días calendario.
Que, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 37º del Decreto Supremo Nº 13964 de 17 de septiembre de 1976, es necesario proveer el respectivo instrumento jurídico de homologación y consecuente autorización para la suscripción del contrato de trabajo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se aprueba la adjudicación efectuada por la Honorable Junta de Selección de la Corporación de Desarrollo de Oruro (CORDEOR) en favor de la sociedad accidental conformada por el SERVICIO GEOLOGICO DE BOLIVIA (GEOBOL) y la firma consultora SERVICIOS DE CONSULTORIA EN INGENIERIA Y DESARROLLO ECONOMICO (SCIDE), por la suma de TRECE MILLONES 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 13.000.000.-), y con un plazo de ejecución de CIENTO OCHENTA (180) días calendario.
ARTÍCULO 2.- Se autoriza a la Corporación de Desarrollo de Oruro (CORDEOR), suscribir el contrato de trabajo respectivo, con intervención del señor Fiscal de Gobierno, la Contraloría General de la República y el Instituto Nacional de Preinversión.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Planeamiento y Coordinación, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diezynueve días del mes de julio de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandoval, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellmán Forteza, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echavarría.