19 DE JULIO DE 1979 .- Apruébase el Reglamento General de Farmacias y Laboratorios, redactado por Min, Previsión Social, que entrará en vigencia a partir de la fecha(ANEXO).
DECRETO SUPREMO N° 16835
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, mediante D.L. No 16155 de 1º de febrero de 1979, fué aprobado el Presupuesto del Sector Público, correspondiente a la presente gestión fiscal, con el objeto de ejecutar una adecuada racionalización del gasto público, así como la política financiera trazada por el Supremo Gobierno de la Nación é impulsar el desarrollo económico y social del país.
Que, la suma aprobada para el Ministerio del Interior en el referido Decreto Ley, es insuficiente para atender los nuevos requerimientos de dicha dependencia, de consiguiente se debe disponer la aprobación de un Presupuesto Adicional que le permita solventar las obligaciones contraídas con cargo a recursos del Tesoro General de la Nación.
Que, la Dirección Nacional de Control de Sustancias Peligrosas ha solicitado un Presupuesto Adicional que le permite encarar en forma eficiente con las funciones encomendadas, así como también cumplir con la contraparte del Gobierno al convenio suscrito con USAID.
Que, por los anteriores antecedentes la Dirección General de Presupuesto dependiente del Ministerio de Finanzas, ha elaborado el informe correspondiente que determina la procedencia de la aprobación del Presupuesto Adicional solicitado por el referido Servicio.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio del Interior para la Dirección Nacional del Control de Sustancias Peligrosas a fín de reforzar el presupuesto de la gestión 1979 con cargo a recursos del Tesoro General de la Nación de la presente gestión fiscal, por la suma de UN MILLON NOVECIENTOS CUARENTICINCO MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 1.945.000), de acuerdo al siguiente detalle:
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y del Interior
(En Pesos Bolivianos)
Financiamiento por Orígen de los Recursos:
Código | Fuente | Presupuesto Adicional 1979
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I | NACIONALES | 1.945.000.--
Código | Descripción | Presupuesto Adicional 1979
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200 | SERVICIOS NO PERSONALES | 400.000.--
210 | Servicio Básicos | 50.000.--
214 | Imprenta | 50.000.--
220 | Servicios de Transporte y Seguros | 50.000.--
221 | Pasajes | 50.000.--
250 | Servicios Profesionales y Comerciales | 300.000.--
252 | Estudios, Investigaciones y Proyectos | 300.000.--
300 | MATERIALES Y SUMINISTROS | 150.000.--
320 | Para Usos Varios | 150.000.--
325 | Lubricantes y Combustibles | 100.000.--
326 | Médicos, Farmacéuticos, Químicos y de Laboratorio | 50.000.--
400 | ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS | 1.395.000.--
410 | Inmobiliarios | 200.000.--
411 | Terrenos | 200.000.--
420 | Construcciones, Reformas é Instalaciones | 1.000.000.--
430 | Maquinaria y Equipo | 150.000.--
431 | Equipo de Oficina y Muebles | 100.000.--
436 | Equipo Educacional y Recreativo | 50.000.--
440 | Activos Financieros | 45.000.--
441 | Títulos y Valores | 45.000.--
Total: | 1.945.000.--
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y del Interior Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de julio de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandoval, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz, Oscar Pammo Rodriguez, Hermes Fellman Forteza, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echavarria.