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Decreto Supremo16868 Vigente

Decreto Supremo N° 16868

Presidencia del Estado Plurinacional
25 de julio de 1979

25 DE JULIO DE 1979 .- Abróganse los DD.LL. 12972 y 12977 de 17 y 20-X-75 y reconócese a la Universidad Boliviana y a su Comité Ejecutivo, el derecho a normar sus actos de acuerdo alrégimen de la Autonomía Universitaria.

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Antigüedad
47 años

DECRETO LEY N° 16868

GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, en el proceso de democratización decidido por la Honorable Junta Militar de Gobierno, se ha declarado vigente la Constitución Política del Estado de 1967 por Decreto Ley de 24 de Noviembre de 1978, garantizando el efectivo ejercicio de libertades y derechos;

Que, por Decreto Ley N° 16113 de 19 de enero de 1979, se autorizó y reconoció el funcionamiento del Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana elegido por el V. Congreso Nacional de Universidades;

Que, en cumplimiento de este Decreto, se ha hecho entrega de los bienes y recursos de la Universidad al Comité Ejecutivo del la Universidad Boliviana, con intervención de la Contraloría General de la República;

Que, la Honorable Junta Militar de Gobierno, está empeñada en rodear a las Universidades de todas las garantías para el cumplimiento de su alta misión, por lo que se hace necesaria la reposición de la Autonomía Universitaria en los términos dispuestos por el Artículo 185° de la Constitución Política del Estado.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1

Abróganse los Decretos Leves Nos. 12972 de 17 de Octubre de 1975 y 12977 de 20 de Octubre del mismo año.

Artículo 2

Se reconoce a la Universidad Boliviana y a su Comité Ejecutivo, el derecho a normar sus actos de acuerdo al régimen de la Autonomía Universitaria, de conformidad con la Constitución Política del Estado y las Leyes de la República.

Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Ley.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de Julio de mil novecientos setenta y nueve años.

FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusincanqui, Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandóval, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echavarría.

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