25 DE JULIO DE 1979 .- Apruébase la Resolución de la H. Junta de Adquisiciones de C.N.S.S. para provisión de productos farmaceúticos importados para sus centros médico-asistenciales, favor varias firmas por total $us. 1.172.880.23
DECRETO SUPREMO N° 16914
GRAL. DIV. DAVID PADILLA
ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE
GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que La Caja Nacional de Seguridad Social ha emitido la Convocatoria a Propuesta No 14; destinada a la provisión de productos farmacéuticos importados para consumo de sus centros médico - asistenciales durante un período de dieciocho meses, habiéndose tramitado dicha licitación de conformidad con las normas de la Ley de Adquisiciones del Sector Público, aprobada por el D.L. No 15223 de 30 de diciembre de 1977, por lo que el Instituto Boliviano de Seguridad Social, en uso de las facultades que le confiere el D.L. No 10776 de 23 de marzo de 1973, ha homologado la Resolución No 24 de 13 de noviembre de 1978 de la H. Junta de Adquisiciones de la Institución licitante, por cuyo motivo corresponde aprobar este trámite y autorizar las compras de conformidad con el Art. 65 de la mencionada Ley de Adquisiciones.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la Resolución No 24 de la H. Junta de Adquisiciones de la Caja Nacional de Seguridad Social de fecha 13 de noviembre de 1978 que adjudica la Convocatoria a Propuestas No 14/78 de dicha entidad, destinada a la provisión de productos farmacéuticos importados para un consumo de 18 meses por sus centros médico-asistenciales por consiguiente, se autoriza a la Caja Nacional de Seguridad Social efectuar las adquisiciones correspondientes en los importes adjudicados de las siguientes firmas proveedoras:
PROVEEDOR | IMPORTE $US.
---|---
LABORATORIOS SIGMA LTDA. | 187.847.40
DROGUERIA INTI S.A. | 42.159.27
MACDONAL & CO. | 1.769.oo
PRODUCTOS ROCHE LTDA. | 24.972.oo
GEDESA S.A. | 10.140.oo
ABENDROTH INTERNACIONAL | 5.740.oo
HOECHTS BOLIVIANA | 110.535.80
LABORATORIOS INDUSTRIALES GUZMAN | 35.083.41
LABORATORIOS ANDREU ESFASA | 18.890.68
BOLIVIAN DRUG | 24.530.oo
LABORATORIOS COFAR S.A. | 96.349.36
ENGELS MERKEL & CIA. | 40.099.50
INTERMACO BOLIVIA | 33.773.38
HANSA LTDA. | 23.360.00
SCHERING BOLIVIANA S.A. | 12.266.93
SCHERING BOLIVIANA | 25.350.00
ZETA LTDA. | 39.000.00
CORMESA LTDA | 73.496.00
COBANA S.A. | 45.110.30
ALVE LIMITADA | 41.781.40
FARMACA S.A. | 63.959.70
LABORATORIOS VITA | 66.231.60
SOCOMAN S.A. | 53.959.25
GUSTAVO SCHOMANN | 57.766.oo
MEDIMPEX REPRIN LIMITADA | 38.709.25
T O T A L : | 1.772.880.23
El importe total de $us 1.l72.880.23 será pagado en moneda nacional al tipo de cambio oficial de $b. 20.38 por $us. l.oo.-
ó sea la suma total de $b. 23.903.299.09.-
ARTÍCULO 2.- Se autoriza a los ejecutivos de la Caja Nacional de Seguridad Social suscribir los contratos de provisión respectivos con la concurrencia de las autoridades previstas por Ley.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Previsión Social y Salud Pública queda encargado del cumplimiento y ejecución del presente Decreto.
Es dado en el. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de julio de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandoval, Gary Prado Salmon, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodriguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazu Aguirre, Felix Villarroel Teran, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomon Soria, Jaime Arancibia Echevarría.