01 DE AGOSTO DE 1979 .- Apruébase la adjudiciación de la Junta de Adquisiciones del Comando Gral. del Ejercito favor SURIM para la provisión 800 llantas con cámara Uniroyal por $b. 2.628.336.- CIF La Paz y TOYOTA BOLIVIANA LTDA para provisión por $b. 949.017.-- CIF La Paz.
DECRETO SUPREMO N° 16935
GRAL. DIV. DAVID PADILLA
ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE DE
GOBIERNO
C O N S I D E R A N D O :
Que, dentro de las necesidades y requerimientos que confronta el Ejército en materia de transporte, se encuentra la dotación de accesorios básicos para el normal desarrollo de sus actividades.
Que, al efecto señalado, el Comando General del Ejército, al amparo de las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo No 12922 de 3 de octubre de 1975, mediante Licitación Pública No 1/79 convocó a propuestas para la provisión de llantas con cámaras y baterías vehículos livianos y pesados con destino al Ejército Nacional.
Que, la Junta de Adquisición del Ejército en fecha 23 de julio de 1979, procedió a la apertura de las propuestas habiendo nombrado a la vez la Comisión encargada de fraccionar el cuadro comparativo y emitido al correspondiente informe.
Que, la Junta de Adquisiciones del Comando General del Ejército, reunida e1 2 de agosto de 1979, procedió a la adjudicación en favor de las firmas SURIN Y TOYOTA BOLIVIANA LTDA. en virtud del informe favorable de la Comisión Calificadora y por convenir a los intereses del Estado y la Institución; con excepción del Item correspondiente a Baterías para vehículos que fué declarado desierto.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Adquisiciones del Comando General del Ejército, en favor de las firmas SURIN para la provisión de 800 llantas con cámaras marca Uníroyal por la suma de $b.- 2.628.336.oo.- (DOS MILLONES SEISCIENTOS VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS 00/100 PESOS BOLIVIANOS) CIF. La Paz, TOYOTA BOLIVIANA LTDA. para la provisión de 500 llantas con cámaras marca Bridgestone por la suma de $b.- 949.071.00.- (NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SETENTA Y UN 00/100 PESOS BOLIVIANOS) CIF La Paz.
ARTÍCULO 2.- Autorízase la adquisición directa de Baterías para vehículos.
ARTÍCULO 3.- El valor de las adquisiciones que se autoriza en el artículo precedente, asciende a la suma total de $b. 3.557.407.oo (TRES MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SIETE 00/100 PESOS BOLIVIANOS) o su equivalente en dólares americanos $us. 175.363.09, que deberán imputarse a la cuenta de 300 Materiales y Suministros, 320 para usos varios y 328 accesorios, repuestos y herramientas menores del Presupuesto del Comando General de Ejército Gestión de 1979.
ARTÍCULO 4.- De conformidad a lo establecido en el Decreto Supremo No 10142 de 3 de marzo de 1972, libérase del pago de derechos aduaneros en general a las adquisiciones que se autoriza, debiendo el Ministerio de Finanzas, expedir Resolución Liberatoria a la presentación de documentos requeridos, según la Legislación Aduanera vigente.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Defensa Nacional y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de agosto de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandoval, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simon Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodriguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazu Aguirre, Felix Villarroel Teran, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomon Soria, Jaime Arancibia Echevarria.