02 DE AGOSTO DE 1979 .- Apruébase la Nueva División Política de Bolivia.
DECRETO LEY Nº 16973
GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA HONORABLE JUNTA
MILITAR DE GOBIERNO
C O N S I D E R A N D O :
Que, el Instituto Nacional de Estadística por mandato del Supremo Gobierno, según Decreto Supremo Nº-13572 de 14 de mayo de 1976, realizó el Censo Nacional de Población y Vivienda el 29 de septiembre de 1976, para lo cual tuvo que efectuar la actualización cartográfica de todo el territorio de la Nación.
Que, con el resultado obtenido en la actualización cartográfica se formo una Comisión Interinstitucional integrada por: Ministerio del Interior, Migración y Justicia, Ministerio de Finanzas, Contraloría General de la República, Instituto Geográfico Militar, CENACO é Instituto Nacional de Estadística, con el fin de elaborar una nueva División Política de Bolivia, codificada y acorde a las necesidades actuales del país;
Que, al mismo tiempo y además de la actualización cartográfica elaborada por el Instituto Nacional de Estadística se tomaron como fuentes: La División Política del Instituto Geográfico Militar, División Política de Bolivia (INE 1968), la Biblioteca del Palacio Legislativo, Biblioteca del Ministerio del Interior, Migración y Justicia y Biblioteca Municipal.
Que, siendo positivo el informe final de la Comisión Interinstitucional, es necesaria su aprobación.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Apruébase la Nueva División Política de Bolivia.
ARTÍCULO 2.- Autorízase al Instituto Nacional de Estadística, dependiente del Ministerio de Planeamiento y Coordinación la publicación, difusión y venta del texto “División Política de Bolivia” en todo el territorio de la Nación, luego de la publicación de Ley en la Gaceta Oficial de Bolivia;
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Ley.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de agosto de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandóval, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodriguez, Hermes Fellmán Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echavarría.