02 DE AGOSTO DE 1979 .- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Prefectura de Cochábamba con cargo a Recursos de Saldo de Gestión Anterior por $b.— 2.321.200.- para su vigencia en la presente gestión.
DECRETO SUPREMO Nº 16979
GRAL. DIV. DAVID PADILLA
ARANCIBI A
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE
GOBIERNO
C O N S I D E R A N D O:
Que, mediante D.L. No 16155 de lo de febrero de 1979, fué aprobado el Presupuesto del Sector Público, correspondiente a la presente gestión fiscal, con el objeto de ejecutar una adecuada racionalización del gasto público, así como la política financiera trazada por el Supremo Gobierno de la Nación, é impulsar el desarrollo económico y social del país.
Que, la suma aprobada para la Prefectura del Departamento de Cochabamba en el referido Decreto Ley, es insuficiente para atender los nuevos requerimientos de dicha dependencia, de consiguiente se debe disponer la aprobación de un Presupuesto Adicional, que le permita solventar las obligaciones contraídas con cargo a recursos de Saldo Gestión Anterior.
Que, la Prefectura del Departamento de Cochabamba, en su presupuesto de gestión por el presente período, ha consignado unicamente la suma de $b.-- 4.000.000.-, en las partidas correspondientes a su Funcionamiento, aspecto que le imposibilitan la cobertura de sus actuales obligaciones, no obstante contar con los respectivos recursos propios por saldo de gestión anterior considerados como ahorro presupuestario.
Que, por los anteriores antecedentes la Dirección General de Presupuesto dependiente del Ministerio de Finanzas, ha elaborado el informe correspondiente que determina la procedencia de la aprobación del Presupuesto Adicional solicitado por el referido Servicio.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Prefectura del Departamento de Cochabamba con cargo a fondos provenientes de Recursos de Saldo Gestión Anterior por la suma de DOS MILLONES TRECIENTOS VEINTIUN MIL DOSCIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b 2.321.200.-) para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:
I N G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
Financiamiento por Origen de los Recursos:
Código | Fuente | Presupuesto.
Adicional 1979
---|---|---
I | NACIONALES | 3.221.200.--
5.- | Otros | 2.321.200.--
5.2 | Saldo Gestión Anterior | 2.321.200.--
TOTAL:: | 2.321.200.--
E G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
Recursos Apropiados por Capítulos y Programas:
Código | Descripción | Presupuesto
Adicional 1979
---|---|---
I | FUNCIONAMIENTO | 1.781.200.--
01 | PROGRAMA: ADMINISTRACION CENTRAL | 1.781.200.--
II | INVERSION | 540.000.--
PROGRAMA: OBRAS PUBLICAS | 540.000.--
Tota1: | 2.321.200.--
CAPITULO I: FUNCIONAMIENTO
Clasificación por Objeto del Gasto:
Código | Descripción | Presupuesto
Adicional 1979
---|---|---
100 | SERVICIOS PERSONALES | 659.200.--
110 | Empleados Permanentes | 601.900.--
113.5.2 | Bonificaciones | 479.500.--
114.5.2 | Aguinaldos | 77.400. --
116.5.2 | Asignaciones Familiares | 54.000.--
130 | Previsión Social | 57.300.--
132.5.2 | Aporte Patronal para Vivienda | 12.300.--
132.5.2 | Aporte Patronal para FOCAP | 6.200.--
132.5.2 | Aporte Patronal para FREP | 38.800.-- -,
200 | SERVICIOS NO PERSONALES | 700.000.--
260 | Otros Servicios No Personales | 700.000.--
262.5.2 | Asignaciones Globales | 700.000.--
300 | MATERIALES Y SUMINISTROS | 40.000.--
310 | Para Oficina | 30.000.--
311.5.2 | Papelería y Suministros Varios | 30.000.--
320 | Para Usos Varios | 10.000.--
322.5.2 | Vestuario y Textiles | 10.000.--
500 | DEUDA PUBLICA | 42.000.--
510 | Interna | 42.000.--
514.5.2 | Créditos Reconocidos | 42.000.--
700 | TRANSFERENCIAS | 340.000.--
710 | Al Sector Privado | 140.000.--
711.5.2 | Pensiones, Donaciones y Premios | 70.000.--
713.5.2 | Subsidios o Subvenciones | 70.000.--
720 | Al Sector Público | 200.000.--
721.5.2 | Transferencias Corrientes por
Participación en Tributos | 200.000.--
Administración Descentralizada | 200.000.--
2.- Instituciones Públicas | 200.000.--
Universidad Mayor San Simón | 200.000.--
T o t a 1 : | 1.781.200.--
CAPITULO II : INVERSION
400 | ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS | 540.000.--
430 | Maquinaria y Equipo | 540.000.--
431.5.2 | Equipo de Oficina y Muebles | 50.000.--
433.5.2 | Equipo de Transporte, Tracción y Elevación | 490.000.--
T o t a l : | 540.000.--
TOTAL PRESUPUESTO ADICIONAL | 2.321.200.--
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas é Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de agosto de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandoval, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simon Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodriguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Felix Villarroel Teran, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomon Soria, Jaime Arancibia Echavarria.