02 DE AGOSTO DE 1979 .- Apruébase el Presupuesto Adicional de Min. Transportes para SENAC con cargo a Recursos del Tesoro Ncl. por $b. 29.250.000.-- para su vigencia en la presente gestión.
DECRETO SUPREMO Nº 16982
GRAL. DIV. DAVID PADILLA
ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE
GOBIERNO
C O N S I D E R A N D O:
Que, mediante D.L. No 16155 de lo de febrero de 1979, fué aprobado el Presupuesto del Sector Público, correspondiente a la presente gestión fiscal, con el objeto de ejecutar una adecuada racionalización del gasto público, así como la politica financiera trazada por el Supremo Gobierno, para impulsar el desarrollo económico y social del país.
Que, la suma aprobada para el Servicio Nacional de Caminos por el referido Decreto Ley, es insuficiente para atender los nuevos requerimientos de dicha dependencia, de consiguiente se hace necesario disponer la aprobación de un Presupuesto Adicional, que le permita solventar las obligaciones contraídas con cargo a fondos provenientes del Tesoro Nacional.
Que, la Confederación Sindicar de Trabajadores en Construcción, a la que es afiliada la Federación de Trabajadores del Servicio Nacional de Caminos, demandaron un pliego petitorio de aumento de salarios, por cuya razón el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral dispuso la formación de un Tribunal Arbitral, el mismo que emitió la Resolución pertiente de 15 de mayo de 1979, por el que los trabajadores de la Construcción se hacian beneficiarios de un incremento de $b.-500.- sobre el haber básico mensual, para cuyo desembolso el Servicio Nacional de Caminos, no cuenta con los fondos pertinentes.
Que, por los anteriores antecedentes la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, ha elaborado el Informe correspondiente por el que se determina la procedencia para la aprobación del Presupuesto Adicional solicitado por el referido Servicio.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil para el Servicio Nacional de Caminos con cargo a recursos del Tesoro Nacional de la presente gestión fiscal, por la suma de VEINTINUEVE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ( $B. - 29.250.000.-), de acuerdo al siguiente detalle:
MINISTERIO DE TRANSPORTES, COMUNICACIONES Y
AERONAUTICA CIVIL
I N G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
Financiamiento por Origen de los Recursos:
Código | Fuente | Presupuesto
Adicional 1979
---|---|---
I | NACIONALES | 29.250.000.--
1.— | Tesoro Nacional | 29.250.000.--
T o t a 1: | 29.250.000.--
EGRESOS
(En Pesos Bolivianos)
Clasificación por Objeto del Gasto:
Código | Descripción | Presupuesto
Adicional 1979
---|---|---
700 | TRANSFERENCIAS | 29.250.000.--
720 | Al Sector Público | 29.250.000.--
722 | Transferencias Corrientes por Subsidios o Subvenciones Administración Descentralizada
2.— Instituciones Públicas Servicio Ncl. de Caminos | 29.250.000.--
T o t a l : | 29.250.000.--
ARTÍCULO SEGUNDO.- El Servicio Nacional de Caminos, como organismo receptor de la anterior transferencia, se sujetará en su ejecución al siguiente detalle de Ingresos y Egresos.
SERVICIO NACIONAL DE CAMINOS
CAPITULO EL I: FUNCIONAMIENTO
PROGRAMA 01: ADMINISTRACION GENERAL
INGRESOS
(En Pesos Bolivianos)
Financiamiento sor Orinen de los Recursos:
Código | Fuente | Presupuesto Adicional 1979
---|---|---
I | NACIONALES | 29.250.000.--
4 | Transferencias | 29.250.000.--
Por Subsidios o Subvenciones
Administración Central
2.— MINISTERIOS DE ESTADO
. | Ministerio de Transportes,
Comunicaciones y Aeronáu-
tica Civil (TGN) | 29.250.000.--
T o t a l : | 29.250.000.--
E G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
Clasificación por Objeto del Gasto:
Código | D e s c r i p c i ó n | Adicional
1979
100 | SERVICIOS PERSONALES | 29.250.000.--
110 | Empleados Permanentes | 29.250.000.--
113.4 | Bonificaciones | 24.750.000.--
114.4 | Aguinaldos | 4.500.000.--
Total: | 29.250.000.--
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Transportes Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de agosto de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandoval, Gary Prado Salmon, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodriguez, Hermes Fekman Forteza, Jorge Echazu Aguirre, Felix Villarroel Teran, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomon Soria, Jaime Arancibia Echavarria.