02 DE AGOSTO DE 1979 .- Autorízaseal. Banco Central para que, con cargo al rendimiento de los recursos registrados en la cuenta "Gobierno Ncl. Fondo para Inversiones" Sub cuenta "Crédito USOM" y Crédito Argéntino Min. Economía 1958", se destine de cada una de ellas $b. 1.000.000.- o sea un total de $b. 2.000.000.- para su abono en una cuenta abierta en el mismo Banco bajo la denominación "Comisión Ncl. de Valores".
DECRETO SUPREMO Nº 16993
GRAL. DIV. DAVID PADILLA
ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE
GOBIERNO
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Art. 3 del Decreto Ley No 14379 de 25 de febrero de 1977 encomienda al Ministerio de Finanzas la elaboración del proyecto de la Ley Organica de la Comisión Nacional de Valores a fin de que, mediante este instrumento legal, se ponga en funcionamiento el mercado bursatil como medio de estimular y promover el desarrollo económico y social del país.
Que, habiéndose elaborado el mencionado proyecto por parte de una comisión técnica con el debido asesoramiento de expertos en la materia, el señor Ministro de Finanzas lo ha sometido a consideración del Gabinete Ministerial habiendo merecido plena aprobación y consiguientemente creada la Comisión Nacional de Valores con las facultades y atribuciones que le señala la mencionada disposición legal.
Que, para que la indicada Comisión comience a funcionar, es indispensable proporcionarle los recursos financieros para su organización, instalación y funcionamiento y en vista de que en el Presupuesto General de la Nación no se ha asignado la correspondiente partida para este objeto, corresponde al Ministerio de Finanzas arbitrar los recursos necesarios para cubrir esas erogaciones hasta fin de gestión y en tal virtud, se ha visto conveniente utilizar los rendimientos obtenidos en las inversiones efectuadas por el Banco Central con recursos del Supremo Gobierno que le fueron entregados en fideicomiso.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Banco Central de Bolivia para que con cargo al rendimiento de los recursos registrados en la cuenta “Gobierno Nacional Fondo para Inversiones” Sub cuenta “Crédito USOM” y “Crédito Argentino Min-Economia 1958” se destine de cada una de ellas la suma de $b. 1.000.000.- o sea un importe total de $b. 2.000.000.- para su abono en cuenta abierta en el mismo Banco Central de Bolivia bajo la denominación “Comisión Nacional de Valores”.
ARTÍCULO 2.- Los indicados recursos seran destinados a la organización intalación y funcionamiento de la Comisión Nacional de Valores de acuerdo al Presupuesto que sera aprobado por el Ministerio de Finanzas que comprenda los gastos en que se incurra hasta fin de gestión, erogaciones que se efectuarán con la intervención de la Contraloria General de la República.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos dias del mes de agosto de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandoval, Gary Prado Salmon, Javier Alcoreza Melgarejo, Simon Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodriguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Felix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomon Soria, Jaime Arancibia Echavarria.