28 DE SEPTIEMBRE DE 1979 .- Apruébase la adjudicación de la Junta de Adquisiciones de COSSMIL, favor señora Bertha Justiniano v. de Villarroel, para la compra de 50 Has. de terreno en el Parque Botánico de Santa Cruz por total $b.-- 17.160.000.
DECRETO SUPREMO N° 17065
DR. WALTER GUEVARA ARZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA
REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Régimen de Vivienda en materia de Seguridad Social, se encuentra bajo la protección del Estado, en la forma definida por la última parte del Art. 158 de la Constitución Política del Estado y las disposiciones especiales dictadas sobre el particular, entre ellas el Art. 2o y Capítulo IV del Decreto Ley No 11901 de 21 de octubre de 1974, atingente a los miembros de las Fuerzas Armadas de la Nación.
Que, la Corporación del Seguro Social Militar, para el cumplimiento de sus planes de vivienda en diversas ciudades de Bolivia, ha convocado a la presentación de ofertas en la ciudad de Santa Cruz, habiendo la Junta de Adquisiciones procedido a la selección pertinente y a base de los diferentes informes elaborados por las comisiones que señala el Decreto Ley No 15223 en sus artículos 54 y siguientes.
Que, habiéndose cumplido con todos los requisitos legales que determina la Ley de Adquisiciones No 15223, el haber señalado que la mejor oferta corresponde a la del señor Ernesto Antelo Pereyra, como apoderado de la señora Bertha Justiniano v. de Villarroel.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Adquisiciones de la Corporación del Seguro Social Militar en favor de la señora Bertha Justiniano v. de Villarroel representada por el señor Ernesto Antelo Pereyra, para que proceda a la compra de 50 hectáreas de terreno ubicado en la zona del Parque Botánico de la ciudad de Santa Cruz, a 4 Kms. de distancia del centro, por el valor total de $b. 17.160.000.- ( DIECISIETE MILLONES CIENTO SESENTA MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ), cuyo pago se hará de acuerdo a las disponibilidades que tenga COSSMIL.
ARTÍCULO 2.- Autorízase la suscripción del respectivo contrato de compra - venta entre los personeros de la Corporación del Seguro Social Militar y el apoderado de la señora Bertha Justiniano v. de Villarroel, con las, cláusulas de seguridad y garantía correspondientes y con la intervención de las autoridades llamadas por Ley, precautelando los intereses de este organismo.
ARTÍCULO 3.- Asimismo se autoriza a COSSMIL financiar la infraestructura de las futuras construcciones, como ser agua potable, luz eléctrica, alcantarillado y otras de carácter urbanístico.
ARTÍCULO 4.- Liberar a COSSMIL del pago de impuestos sobre transferencia y los que fueran emergentes del contrato de compra - venta que se autoriza.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Defensa Nacional, de Urbanismo y Vivienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiun dias del mes de septiembre de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. DR. WALTER GUEVARA ARZE, Gustavo Fernandez Saavedra, Jaime Aranibar Guevara, Ismael Saavedra Sandoval, Carlos Miranda Pacheco, Mariano Baptista Gumucio, Raúl Anze Tapia, Jorge O'Connor D'Arlach, Tomás Guillermo Elío, Jorge Abularach Baboun, Hugo Zapata Pericón, Carmelo Caballero Contreras, Guillermo Arroyo Rodríguez, Fernando Aguirre Bastos.