30 DE NOVIEMBRE DE 1979 .- Prohibese toda elevación de ios alquileres de habitaciones, departamentos y casas destinadas a vivienda a partir de la fecha del presente Decreto.
DECRETO SUPREMO Nº 17129
LYDIA GUEILER TEJADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Supremo Gobierno ha dictado medidas correctivas de carácter económico para afrontar la crisis generada en los últimos años.
Que, es necesario preservar la economía familiar de los sectores que carecen de vivienda propia.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Prohíbese toda elevación de los alquileres de habitaciones, departamentos y casas destinadas a viviendas, a partir de la fecha del presente Decreto.
El señor Ministro de Estado en el Despecho de Urbanismo y Vivienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta dias del mes de noviembre de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. LYDIA GUEILER TEJADA, Julio Garret Aillón, Jorge Selun Vaca Diez, Miguel Ayoroa Montaño, Jorge Agreda Valderrama, Augusto Cuadros Sánchez, Carlos Carrasco Fernández, Hugo Velasco Rosales, Eduardo Arauco Paz, Oscar Garcia Suárez, Oscar Bonifáz Gutiérrez, Luis Añez Alvarez, Victor Quinteros Rasguido, Ayda Claros de Bayá, René Higueras del Barco, Gastón Araoz, Elba Ojara de Jemio.