11 DE DICIEMBRE DE 1979 .- Autorízase a las Alcaldías Mples de las capitales de departamento, la creación de mercados campesinos en los centros urbanos para expendio de productos agropecuarios directamente del productor al consumidor.
DECRETO SUPREMO Nº 17135
LYDIA GUEILER TEJADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, es deber del Estado proteger la economía familiar, procurando que los artículos de primera necesidad se comercialicen en nivel del propio productor.
Que, para el objeto señalado es menester dotar al campesino productor de las comodidades mínimas necesarias, a fin de que pueda expender sus productos a precios realmente competitivos con relación a los que provocan los intermediarios.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase a las Alcaldias Municipales de las capitales de departamento, la creación de mercados campesinos en los centros urbanos, dotados de las mínimas comodidades para el expendio de productos agropecuarios directamente del productor al consumidor.
El señor Ministro de Estado en el Despacho del Interior Migración y Justicia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once dias del mes de diciembre de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. LYDIA GUEILER TEJADA, Julio Garret Aillon, Jorge Selum Vaca Diez, Miguel Ayoroa Montaño, Jorge Agreda Valderrama, Augusto Cuadros Sanchez, Carlos Carrasco Fernandez, Hugo Velasco Rosales, Eduardo Arauco Paz, Oscar Garcia Suarez, Oscar Bonifáz Gutierrez, Luis Añez Alvarez, Victor Quinteros Rasguido, Ayda Cláros de Bayá, René Higueras, Gastón Araoz, Elba Ojara de Jemio.