20 DE DICIEMBRE DE 1979 .- Autorízase la transferencia de fondos en la suma de $b. 5.000.000.- del Presupuesto asignado a la Junta Ncl de Acción Social para la compra de vestuario y juguetes para los niños albergados en los establecimientos de DIÑAME.
DECRETO SUPREMO Nº 17142
LYDIA GUEILER TEJADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la solicitud de la Sra. Ministro de Estado Encargada de la Junta Nacional de Acción Social en sentido de que se autorice a dicha Institución el egreso de fondos para compra de vestuario con destino a los niños albergados en los hogares dependientes de la Dirección Nacional del Menor.
Que, el Presupuesto General de la Nación, asignó a la Junta Nacional de Acción Social la partida correspondiente a vestuario para el segundo semestre de la presente gestión.
Que, los programas técnico-administrativos que deben cumplirse en la festividad navideña, así como el escaso tiempo disponible para la provisión de vestuario, que formará parte del mencionado programa, no admite que se siga el curso normal del procedimiento señalado por el Artículo 2o del Decreto Supremo 15223 de 30 de diciembre de 1977.
Que, por otra parte los gastos programados en el Presupuesto deben efectuarse forzosamente dentro de la gestión para los que fueron asignados los fondos, en caso de no hacerlo los mismos serán motivo de reversión al Tesoro General de la Nación, con el consiguiente perjuicio de dejar a los menores sin la vestimenta a que tienen derecho en su condición de pupilos del Estado.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase la transferencia de fondos en la suma de $b. 5.000.000- (CINCO MILLONES 00/100 PESOS BOLIVIANOS) del Presupuesto asignado a la Junta Nacional de Acción Social, Partida No 322 Vestuario y Textiles, a la cuenta 7- A - 707 del Banco Central de Bolivia, a objeto de que se efectúe la compra de vestuario y juguetes en favor de los niños albergados en los establecimientos de la Dirección Nacional del Menor.
En las adquisiciones se exceptúa lo previsto por el Artículo 2o del Decreto Supremo No 15223 de 30 de diciembre de 1977, debiendo acreditarse los gastos con cargo a la presentación de cuenta documentada.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Estado Encargado de Bienestar Social, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte dias del mes de diciembre de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. LYDIA GUEILER TEJADA, Julio Garret Aillón, Jorge Selum Vaca Diez, Miguel Ayoroa Montaño, Jorge Agreda Valderrama, Augusto Cuádros Sánchez, Carlos Carrasco Fernández, Hugo Velasco Rosales, Eduardo Arauco Paz, Oscar Garcia Suárez, Oscar Bonifáz Gutierrez, Luis Añez Alvarez, Victor Quinteros Rasguido, Ayda Claros de Bayá, René Higueras, Gastón Araoz, Elba Ojara de Jemio.