14 DE ABRIL DE 1980 .- Compleméntase el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 17184 de 18/01/80 los gravámenes y tasas arancelarias para importaciones liberadas, podrán ser también incluidos en las liberaciones que acuerde Min. Finanzas.
DECRETO SUPREMO Nº 17329
LYDIA GUEILER TEJADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA
REPÚBLICA
CONSIDERANDO :
Que en los convenios de crédito y de Asistencia Técnica y Económica con Organismos Internacionales de la que Bolivia es Miembro, y con paises amigos, se acostumbra establecer regímenes de liberaciones impositivas para importación de maquinaria, materiales y otros relativos a la ejecución de tales convenios.
Que por tanto, es necesario complementar lo dispuesto por el Decreto Supremo No 17184 de 18 de enero de 1980, en materia de liberaciones.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Compleméntase el Artículo 3o del Decreto Supremo Nº 17184 de 18 de enero de 1980, en sentido de que los gravamenes y tasas arancelarias para importaciones liberadas, que se detallan en el mismo, podrán ser tambien incluidos en las liberaciones que acuerde el Ministerio de Finanzas mediante la Resolución expresa, cuando así se hubiera establecido en los convenios o contratos de crédito o de asistencia técnica y económica con Organismos Internacionales y entidades públicas de países amigos.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Derónganse las disposiciones contrarias al presente Decreto.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado enel Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce dias del mes de abril de mil novecientos ochenta años.
FDO. LYDIA GUEILER TEJADA, Gaston Araoz Levy, Walter Nuñez Rivero, Antonio Arnez Camacho, Adolfo Aramayo Anze, Jaime Ponce Garcia, Ernesto Rivero Villarroel, Carlos Carrasco Fernandez, Isaac Sandoval Rodriguez, Juan Carlos Navajas, Mario Viscarra Ayala, Jorge Gutierrez del Rio, Hugo Palazzi Moscoso, Jorge Gutierrez del Rio, Salvador Romero Pittari, Manuel Cuevas Aguilera, Ernesto Wende Frankel, Elba Ojara de Jemio.