25 DE ABRIL DE 1980 .- Apruebase el convenio relativo a la donación de ayuda financiera y técnica por F. S. 11.000.000.- suscrito con el Consejo Federal Suizo en 29-X-79.
DECRETO SUPREMO Nº 17360
LYDIA GUEILER TEJADA
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO :
Que en fecha 29 de octubre de 1979, los Gobiernos de Bolivia y Suiza han suscrito un convenio relativo a la donación de ayuda financiera y técnica por once Millones de Francos Suizos destinados a la ejecución de proyectos de infraestructura rural (rutas de penetración y puentes), proyectos de incremento de la producción agrícola (microriego, piscicultura) proyectos de almacenaje y de distribución agrícola (almacenes), proyectos de pequeñas agroindustrias y artesanías; además de actividades de apoyo a la capacitación.
Que de conformidad con el mencionado Convenio, el Servicio Nacional de Desarrollo de la Comunidad, dependiente del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, es el ente ejecutor de dichos proyectos y responsable de la administración de la donación y de los recursos de la “contraparte” nacional que debe proveer el Tesoro de la Nación.
Que para el aprovechamiento de los fondos de la donación, el Gobierno Boliviano debe liberar de pagos de impuestos, derechos arancelarios, tasas, servicios prestados, etc., a las compras que se efectúe en el exterior e interior de país.
Que para que dicho convenio tenga fuerza es necesario homologarlo en todas sus partes.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA :
ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase en todas sus partes, el Convenio relativo a la donación de ayuda financiera y técnica por Once Millones de Francos Suizos, suscrito por el Gobierno de la República de Bolivia y el Consejo Federal Suizo en fecha 29 de octubre de 1979.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Libérase del pago de derechos arancelarios, impuestos nacionales y municipales, tasas en el exterior del país por todas las adquisiciones que se realicen con recursos de la donación Suiza con destino a las actividades de desarrollo rural, a cargo del Servicio Nacional de Desarrollo de la Comunidad;
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Asuntos Campesinos y Agropecuarios, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de abril de mil novecientos ochenta años.
FDO. LYDIA GUEILER TEJADA, Gastón Araoz Levy, Antonio Arnez Camacho, Walter Nuñez Rivero, Jaime Ponce Garcia, Adolfo Aramayo Anze, Carlos Carrasco Fernandez, Ernesto Rivero Villarroel, Juan Carlos Navajas, Jorge Gutierrez del Rio, Mario Viscarra Ayala, Manuel Cuevas Aguilera, Hugo Palazzi Moscoso, Ernesto Wende Frankel, Salvador Romero Pittari, Elba Ojara de Jemio, Fernando Salazar Paredes.