08 DE MAYO DE 1980 .- Apruébase el Convenio de Coordinación para el funcionamiento de un "Centro Salud Hospital" en la población de Sopachuy, provincia Tomina, Departamento de Chuquisaca, suscrita en fecha 24 de enero del año en curso, entre el Ministerio de Previsión Social y Salud Pública y la Cooperativa "San José Obrero Ltda." De esta población.
DECRETO SUPREMO Nº 17385
LYDIA GUEILER TEJADA
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL
INTERINA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO :
Que entre el Ministerio de Previsión Social y Salud Pública y la Cooperativa “San José Obrero Ltda.” que funciona en la localidad de Sopachuy – Provincia Tomina del Departamento de Chuquisaca, dirigida por la Iglesia Católica suscribieron en fecha 24 de enero del año en curso un Convenio de Coordinación para el funcionamiento de un Centro de Salud Hospital;
Que el objetivo principal del Convenio es poner en funcionamiento un Centro Salud Hospital en base al Edificio que los religiosos católicos que dirigen la Cooperativa mencionada han construído y además teniendo presente que para suu equipamiento recibieron una donación efectuada por grupos voluntarios de la República Federal de Alemania, consistente en equipo e instrumental médico quirúrgico;
Que una de las mayores preocupaciones del Supremo Gobierno a tráves del Ministerio de Previsión Social Pública es apoyar la instalación de servicios sanitarios en beneficio de las comunidades rurales del país y de programas de bienestar social, en tal virtud, se hace necesario dar las mayores facilidades para la importación de los equipos y materiales médico – quirúrgicos donados y que se encuentran en depósitos aduaneros con peligro de sufrir daños por la acción del tiempo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA :
ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase el Convenio de Coordinación para el funcionamiento de un “Centro Salud Hospital” en la población de Sopachuy, provincia Tomina, Departamento de Chuquisaca, suscrito en fecha 24 de enero del año en curso, entre el Ministerio de Previsión Social y Salud Pública y la Cooperativa “San José Obrero Ltda.” de esa población.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Libérase de todo impuesto y derechos arancelarios y adicionales, Tasas acumulativa y retributiva, impuesto a la Renta Interna (5% sobre ventas) y municipal, derechos de almacenaje, derechos consulares, con excepción del 10% en timbres sobre el monto liberado, el 1% Pro – Desarrollo del Noroeste, el 2% Pro – Corporaciones Regionales de Desarrollo de Cochabamba y el Beni, 0,5% correspondiente a la Administración autónoma de Almacenes Aduaneros y la tasa retributiva de servicios prestados, a todo el equipo e instrumental médico – quirúrgico donado por los voluntarios de la República Federal de Alemania, con destino al equipamiento del Centro Salud Hospital Sopachuy, cuyo detalle es el siguiente:
CANT. | DESCRIPCION DEL MATERIAL
---|---
1 | Lámpara de quirófano de 4 reflectores Tip. B - 400
2 | Soportes rodantes para infusiones tipo SWK – 03
1 | Mesa de operaciones Tipo R.
1 | Balanza para personas 150 Kos, Seca, Model 710
1 | Balanza para lactantes Seca, Modelo 725
4 | Orinal de cama con tapa inoxidable
4 | Orinal de cama para niños con tapa, inoxidable
4 | Irrigadores, inoxidables
100 | Pares guantes quirúrgicos 6 1/2, 7, 7 1/2.
2 | Cojines con Bomba de Aire
4 | Rectoscopios Tipo Central 1 ojo 50 CM
5 | Tubos Esofagicos, Tipo Central 1 ojo 50 CM
10 | Cánulas para infusión
5 | Cánulas para punción Lumbal Luer - lock
1 | Aspirador Atmolit Spetizal. Modelo Regular con Vaso
Recolectro de 1,1 incluyendo 1,25 M tubo de vinilo
1 | Juego de Instrumentos para aspiración.
1 | Microscopio Binocular para estudio y laboratorio
Model, VB 365, completo,
1 | Juego de vestimenta para cirugía (Blusas para enfermeras, batas de visitas, batas para enfermeras pijamas, barbijos, gorros, premandiles, Botas).
1 | Espejo laringeo, flg. 5,20 mm.
1 | Mango p. espejos laringeos
2 | Estuches de oto – oftalmo – laringoscópico – estuche de metal.
1 | Protoscópio de Kelly
2 | Cateter de Bozemann – Fritsch, 10 mm.
1 | Cureta Uterina de Recamier c/filo
2 | Cureta Uterina de Recamier, sin filo
5 | Pinzas anatómicas, 11, 5 cms.
5 | Pinzas anatómicas, 14, 5 cms.
5 | Pinzas anatómicas, 16, cms,
3 | Pinzas p. placenta de kelly
3 | Pinzas p. taponamiento, Foster – Ballenger, 18 cms.
3 | Pinzas uterinas de Jacob, rectas 2 x 2 dientes
2 | Porta - agujas Mayo - Hegar, 15 cms
2 | Porta - agujas Mayo - Hegar, 18 cms
2 | Porta - agujas Mayo – Hegar, 20 cms
10 | Piezas hojas de bisturí (Pz. 10 unid.)
10 | Pz. hojas de bisturí, fg.16
2 | Mascarillas p. narcosis de Shimmelbusch p. niños
2 | Mascarillas p. narcosis de Shimmelbusch p. Adult
5 | DZ aguja p. sutura Pta. Triang 3/8 Cir. Fig. 12
1 | Separador abdominal Baby – Collins
1 | Valva vaginal de Kristeller, medium
3 | Tijera de Mayo, recta, 14 cms
3 | Tijera de Mayo, recta, 17 cms
2 | Tijeras p. perinco, Braun – Stadler, 14 , 5 cms
2 | Sondas Uterinas de Sims graduada
1 | Trocar p. punción abdominal, 3 mm
1 | Trocar p. punción abdominal, 4,5 mm
1 | Juego de 26 Latad. uter de Hegar 1-26 mms
10 | Pinzas hemostáticas de Kelly recta
10 | Pinzas hemostáticas de Kelly curva, 14 cms
5 | Pinzas quirúrgicas 1x 2 dientes, 14,5 cms.
5 | Pinzas quirúrgicas 1x2 dientes, 13cms.
5 | Mangos de bisturí No 3
5 | Docenas agujas (KTG 800)
5 | Docenas Agujas Fig. 6 (KTG 800)
5 | Docenas Agujas Fig. 3 (KTG 800)
5 | Docenas Agujas Fig. 4 (KTG 800)
1 | Separador Abdominal, Collin
1 | Valva vaginal de Kristeller peg
1 | Valva vaginal de Kristeller grande
2 | Tijeras p. vendajes de Lister, esbelta, 18 cms.
3 | Tijeras de Mayo, curva, 17 cms
3 | Tijeras de Mayo, curva 15,5 cms
1 | Juego de Tracheotomia, en estuche metálico
1 | Estilizador de aire caliente 220 V
1 | Seneca – aparato base III, consistente en soporte móvil con caja de distribución conexión de 02 y N20, ojos articulados para sistemas respiratorios y Pulmomat 19, asi como tubo flexible para gas mixto con accesorios para dos cilindros de 11 litros, una de O2 y otra de N20, Accesorios necesarios para el funcionamiento:
1 | Tubo de conexión 02, 3 metros
1 | Tubo de conexión N20, - metros
1 | Cilindro de 02, 11 1
1 | Cilindro de N20, 11 1
1 | Bloque de rotámetros 02, N20
1 | Sistema en circulo 7a
1 | Brazo articulado con barra de elevación
1 | Vapor 19 para Halotano
1 | Burbujeador de éter
1 | Placa cobertera
1 | Placa de distribución de baja presión
1 | Juego de Laringoscopio Macintosh p. adultos
1 | Juego de Laringoscopio Sallingn p. niños
1 | Juego de cánulas endrotraquiales, oral CH 16 - 40
1 | Juego de cánulas endrotraquiales, CH 16 - 30
1 | Juego de cánulas orales p. niños
1 | Juego de cánulas endrotraquiales CH 8 - 18
1 | Juego de cánulas endrotraquiales CH 10 - 18
HACIENDO UN TOTAL DE :
6 | CAJONES
10 | BULTOS Y
3 | CARTONES
ARTÍCULO TERCERO.- El Ministerio de Finanzas otorgará la liberación dispuesta por el presente Decreto, mediante Resolución Ministerial expresa, a la presentación de los documentos originales y requeridos por el ordenamiento jurídico aduanero.
Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Finanzas y de Previsión Social y Salud Pública, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de mayo de mil novecientos ochenta años.
FDO. LYDIA GUEILER TEJADA, Antonio Arnez Camacho, Wálter Nuñez Rivero, Adolfo Aramayo Anze, Ernesto Rivero Villarroel, Juan Carlos Navajas, Raúl Jimenez Sanjinez, Jorge Gutierrez del Rio, Mario Viscarra Ayala, Manuel Cuevas Aguilera, Ernesto Wende Frankel, Salvador Romero Pittari, Elba Ojara de Jemio.