26 DE MAYO DE 1980 .- Apruébala adjudicación de la H. Junta de Licitaciones de CORFOMENTO, favor NIROATOMIZER, BRODENEGRAM y PASILAC por provisión de equipos, maquinarias, materiales y servicios adicionales de las plantas lecheras del país por total Coronas Danesas 12.555.240.-
DECRETO SUPREMO Nº 17430
LYDIA GUEILER TEJADA
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO :
Que en fecha 18 de diciembre de 1978 los gobiernos de Dinamarca y Bolivia suscribierón el convenio de préstamo del cuarto Crédito danés de CINCUENTA MILLONES DE CORONAS DANESAS 50.000.000 de coronas danesas), destinado a financiar las importaciones de bienes de capital exclusivamente daneses para los proyectos de implementaciones y equipamiento de las industrias lecheras del país, ratificado y aprobado por D. S. No 16627, de junio de 21 de junio de 1979, que autoriza al Ministerio de Finanzas a suscribir el contrato de subrogación de este crédito en favor de la Corporación Boliviana de Fomento.
Que la Empresa de Industrias Lácteas de la Corporación Boliviana de Fomento, con cargo a parte del cuarto crédito danés, mediante Licitación Pública Internacional No 2/79A EXT. EIL, convocó a las firmas danesas legalmente establecidas, a través de la Federación de Industrias de Dinamarca, a la presentación de propuestas para la provisión de equipos, maquinarias, materiales y servicios con destino a la industria lechera del país, habiendo presentado sus ofertas en el plazo hábil las firmas danesas: NIRO ATOMIZER, BRODRENE GRAM y PASILAC, respectivamente.
Que la H. Junta de Licitaciones de la Corporación Boliviana de Fomento, con la permisión establecida en el Art. 5to de la Ley de Adquisiciones del Sector Público, dispuso la apertura de las propuestas sujetas a los requerimientos del Pliego de Especificaciones Administrativas y la formación de la Comisión Calificadora para la evaluación respectiva.
Que luego de aprobar el Informe de la Comisión Calificadora y considerar la Certificación de la Federación de Industrias Danesas, requerida al amparo del Art. 18 del D. L. No 15223, de 30 de diciembre de 1977, la H. Junta de Licitaciones de CBF, en su reunión de fecha 14 de abril del presente año, resolvió adjudicar por parcialidades la licitación No 2/79A, en favor de las firmas proponentes NIRO ATOMIZER BRODRENE GRAM Y PASILAC, respectivamente.
Que por previsión del artículo 65 de la Ley de adquisiciones del Sector Público, corresponde al Supremo Gobierno aprobar las adjudicaciones efectuadas por las HH. Juntas de Licitaciones de las entidades Descentralizadas y Empresas Públicas, autorizando la suscripción de los contratos respectivos.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación de la Licitación Pública Internacional No 2/79A EXT. EIL, para la provisión de equipos, maquinarias, materiales y servicios adicionales de las plantas lecheras del país, efectuada por la H. Junta de Licitaciones de la Corporación Boliviana de Fomento, en favor de las firmas danesas NIRO ATOMIZER, BRODRENE GRAM Y PASILAC, respecttivamente.
ARTÍCULO 2.- Autorízase a la Corporación Boliviana de Fomento a suscribir los contratos respectivos por los montos de: NUEVE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA 00/100 CORONAS DANESAS (9.598.950.00 C.D.) con la firma NIRO ATOMIZER: UN MILLON DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL SESENTAY UNO 00/100 CORONAS DANESAS (1.219.061.00) C. D. con la firma BRODRENE GRAM: y, UN MILLON SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE 00/100 CORONAS DANESAS (1.737.229.oo C. D.) con la firma PASILAC, valores CIF BUENOS AIRES, en cumplimiento del artículo cuarto, sección primera del convenio de 18 de diciembre de 1978.
ARTÍCULO 3.- Libérase la presente importación de maquinaria, equipos, materiales y servicios de todo impuesto y derechos aduaneros, incluyendo servicios prestados, impuestos sobre ventas, o cualquier otro timbre o tasa impositiva actual o a crearse, así como del pago de concepto de legalizaciones consulares y timbres en los Consulados de Bolivia en Dinamarca, por tratarse de un crédito de Gobierno a Gobierno, y, en cumplimiento del Art. 3ro del D. S. No 16627, de 21 de junio de 1979.
Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Relaciones Exteriores y Culto, de Finanzas y de Industria, Comercio y Turismo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de mayo de mil novecientos ochenta años.
FDO. LYDIA GUEILER TEJADA, Gastón Araoz Levy, Antonio Arnez Camacho, Walter Nuñez Rivero, Jaime Ponce Garcia, Adolfo Aramayo Anze, Carlos Carrasco Fernandez, Ernesto Rivero Villarroel, Juan Carlos Navajas, Raúl Jimenez Sanjines, Jorge Gutierrez el Rio, Mario Viscarra Ayala, Manuel Cuevas Aguilera, Hugo Palazzi Moscoso, Ernesto Wende Frankel, Salvador Romero Pittari, Elba Ojara de Jemio.