12 DE JUNIO DE 1980 .- Amplíase el D. S. 15565 de 22 - VI -78 Art. 6o, inciso e) para la importación de un jeep más, para uso del GRUPO JAPONES en el cumplimiento del montaje y puesta en marcha de la Planta de Accesorios de Explosivos.
DECRETO SUPREMO No 17460
LYDIA GUEILER TEJADA
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO :
Que por Decreto Supremo No 10511 de 27 de septiembre de 1972, se concedió al Ministerio de Defensa Nacional la prioridad de fabricación de explosivos y accesorios, autorizándosele a entablar negociaciones con empresas nacionales o extranjeras para este efecto;
Que mediante D.S. No 14348 de 10 de marzo de 1978 previa la invitación directa a las empresas, se autorizó a la Corporación de las Fuerzas Armadas para el Desarrollo Nacional (COFADENA) suscribir contratos de provisión de maquinaria y otros con las Empresas Japonesas ASAHI CHEMICAL INDUSTRIA CO. LTD. Y NISSHO CO LTD., denominado GRUPO JAPONES, para la instalación de una planta industrial de accesorios de explosivos en el país, así como constituir una sociedad anónima mixta con la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL) y las empresas Japonesas antes indicadas;
Que se aprobaron mediante D.S. No 15565 de 22 de junio de 1978, en todas sus partes el contrato de provisión y suministro de maquinarias y prestación de servicios de ingeniería.
Que a la fecha se están realizando en el Parque Industrial de Santivañez de la ciudad de Cochabamba los trabajos de construcción de obras civiles, edificación y próximamente la instalación y puesta en marcha de la planta bajo la supervisión del GRUPO JAPONES;
Que dado el tiempo, número de asesores y el constante recorrido que se debe realizar entre la ciudad de Cochabamba y Santivañez, es necesario que el GRUPO JAPONES disponga de un vehículo más para el cumplimiento de sus obligaciones;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA :
ARTÍCULO ÚNICO.- Amplíase el D.S. No 15565 de fecha de 22 de junio en su artículo sexto, inciso e) para la importación de un vehículo (jeep) más, para uso del GRUPO JAPONES en el cumplimiento del montaje y puesta en marcha de la Planta de Accesorios de Explosivos.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Defensa Nacional y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de junio de mil novecientos ochenta años.
FDO. LIDIA GUEILER TEJADA, Gastón Araoz Levy, Antonio Arnez Camacho, Walter Nuñez Rivero, Jaime Ponce Garcia, Adolfo Aramayo Anze, Carlos Carrasco Fernandez, Ernesto Rivero Villarroel, Juan Carlos Navajas, Fernando Salazar Paredes, Jorge Gutierrez del Rio, Mario Viscarra Ayala, Manuel Cuevas Aguilera, Hugo Palazzi, Moscoso, Ernesto Wende Frankel, Salvador Romero Pittari, Elba Ojara de Jemio.