20 DE JUNIO DE 1980 .- Modifícase el Artículo Primero del Decreto Supremo Nº 17476 de 19 de junio de 1980 y autoríza al Banco Central conceder al Banco del Estado el crédito mencionado en dicho Decreto.
DECRETO SUPREMO No 17478
LYDIA. GUEILER TEJADA
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO :
Que el Supremo Gobierno ha dictado el Decreto Supremo No 17476 de 19 de junio de 1980, por el cuál autoriza al Banco Central de Bolivia en su artículo 1°, conceder el crédito de hasta $b. 2.000.000.-- con destino al pago de planillas de un mes de salarios para diferentes empresas.
Que a objeto de hacerse más viable esta operación crediticia se ha visto por conveniente modificar el artículo 1° del Decreto mencionado.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Modifícase el Artículo Primero del Decreto Supremo No 17476 de 19 de junio de 1980, en los siguientes términos:
Autorízase al Banco Central de Bolivia, conceder al Banco del Estado la suma de hasta $b 2.000.000.-- con cargo al financiamiento interno aproximado en favor del Tesoro General de la Nación, mediante Decreto Supremo N° 17192 de 31 de enero de 1980, con destino a 1 pago de planillas de un mes salarios de las empresas que se mencionan y hasta los siguientes montos:
FLEX - COCHABAMBA $b. 520.000.00
LOZABOL - COCHABAMBA $b. 150.000.00
BARBATO - COCHABAMBA $b. 180.000.00
RIBSA - LA PAZ $b. 750.000.00
VENUS - ORURO $b. 50.000.00
FOSFOROS - LA PAZ $b. 300.000.00
IUMACO - ORURO $b. 50.000.00
ARTÍCULO2.- Los demás artículos del Decreto Supremo No 17476, quedan vigentes en todas sus partes.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Trabajo y Desarrollo Laboral y de Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de junio de mil novecientos ochenta años.
FDO. LYDIA GUEILER TEJADA, Gastón Araoz Levy, Antonio Arnez Camacho, Walter Nuñez Rivero, Jaime Ponce García, Juan Carlos Navajas, Carlos Carrasco Fernandez, Ernesto Rivero Villarroel, Raul Jimenez Sanjines, Jorge Gutierrez del Rio, Mario Viscarra Ayala, Manuel Cuevas Aguilera, Salvador Romero Píttari, Ernesto Wende Frankel, Elba Ojera de Jemio.