01 DE SEPTIEMBRE DE 1980 .- Apruébase la adquisición por ENAF de dos centrifugas para refinación de estaño a la Empresa Rusa V/O MACHINOEXPORT por $us.250.000.- y de un Horno Eléctrico de refinación al vacio a la firma V/O ENERGOMASHEXPORT por $us. 1.104.000.-
DECRETO SUPREMO N° 17587
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que dentro del marco de cooperación entre los Gobiernos de Bolivia y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas se encuentran en vigencia el Convenio de Cooperación Técnico Científica de 15 de julio de 1970 y el Convenio sobre Suministro de Maquinaria y equipos de 17 de agosto de 1970 ampliado el 11 de marzo de 1976;
Que la Empresa Nacional de Fundiciones contrató los servicios de la Empresa Estatal Soviética V/O MACHINOEXPORT para la elaboración de un estudio para el mejoramiento y optimización de algunas áereas de Fundición de Estaño del Complejo Metalúrgico de Vinto y que, en base a sus recomendaciones, se ha determinado la aplicación de algunas variantes que fueron evaludas por especilistas del Instituto Giproniquel de la Unión Soviética;
Que en tal sentido, se ha visto conveniente la adquisición de un Horno Eléctrico al Vacío para fundir el estaño, a la firma ENERGOMASHEXPORT y dos piezas centrífugas para refinación de estaño a la firma MACHINOEXPORT;
Que las condiciones de adquisiciones son las establecidas en los convenios de cooperación antes mencionados que contemplan ventajas de carácter comercial siendo convenientes para el país, habiendo sido aprobadas por el Directorio de ENAF.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase la adquisición por la Empresa Nacional de Fundiciones de dos centrífugas para refinación de estaño a la Empresa Rusa V/O MACHINOEXPORT por un valor de $us. 250.000.- FOB -Helsinsky debiendo pagarse el 5 % al contado, 15 % contra presentación de documentos de embarque y el 70 % más 4,5 % de interés anual mediante cuotas semestrales en el transcurso de cuatro años.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Apruébase la adquisición para ENAF de un Horno Eléctrico de refinación al vacío a la firma V/O ENERGOMASHEXPORT por la suma de $us, 1.104.000 CIF Puerto Matarani, debiendo pagarse 7,5 al contado, 7,5 mediante carta de crédito contra entrega de documentos de embarque, 85 % más, 4,5 % de interés en cuotas semestrales durante 5 años.
ARTÍCULO TERCERO.- El Banco Entral de Bolivia otorgará las garantías bancarias por los créditos señalados en los Artículos 1° y 2° del presente Decreto Supremo;
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Minería y Metalurgia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, el primer día del mes de septiembre de mil novecientos ochenta años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Javier Cerruto Calderón de la Barca, Luis Arce Gomez, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, José Sánchez Calderón, Ariel Coca Aguirre, Rene Guzman Fortun, Mario Guzman Moreno, Augusto Calderon Miranda, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suarez, Lider Sossa Salazar, Avelino Rivero Parada, Arturo Veizaga Barron, Mario Escobari Guerra, Francisco Mariaca Salas.