01 DE OCTUBRE DE 1980 .- Apruébase la adjudicación de la H. Junta de Licitaciones del Banco Central, favor INDUSTRIAS ELECTROMECÁNICAS FEMCO ARTERO Y CÍA S.R.L. para provisión e instalación de Luminarias en su nuevo edificio por $b. 11.901.478.75 producción nacional y $us. 123.025.15 y Ch. Aust 1.774.405.- producción importada más $b. 1.462.040.— costo de instalación.
DECRETO SUPREMO N° 17645
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento del D. S. No 15223 de 30 de diciembre de 1977, se procedió a la convocatoria de propuestas para la provisión é instalación de Luminarias en el nuevo edificio del Banco Central de Bolivia, convocatoria que fué declarada desierta por ser contraria a los intereses del Banco Central de Bolivia.
Que la H. Junta de Licitaciones del Banco Central de Bolivia en cumplimiento del Artículo 16 del Decreto Ley No 15223 acordó proceder por el sistema de invitación pública para la presentación de propuestas para el fin expresado en el Considerando que antecede llenados los requisitos legales y cumplidos los términos la indicada Junta en reunión celebrada el 14 de agosto del año en curso adjudicó la propuesta en favor de la firma INDUSTRIAS ELECTROMECANICAS FEMCO ARTERO Y CIA S. R. L. para la provisión é instalación de Luminarias en su nuevo edificio construido en la esquina formada por las calles Mercado y Ayacucho de ésta ciudad.
Que llenados como se encuentran los requisitos legales corresponde al Supremo Gobierno aprobar la adjudicación y autorizar la suscripción del contrato emergente entre las partes interesadas.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la adjudicación realizada por la H. Junta de Licitaciones del Banco Central de Bolivia, en fecha 14 de agosto de 1980, en favor de la firma INDUSTRIAS ELECTROMECANICAS FEMCO ARTERO Y CIA S. R. L. para la provisión é instalación de Luminarias en el edificio nuevo de la entidad bancaria señalada, por los montos de $b. 11.901.478.75 (ONCE MILLONES NOVECIENTOS UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO 75/100 PESOS BOLIVIANOS) producción nacional; $us. 123.025.15(CIENTO VEINTITRES MIL VEINTICINCO 15/100 DOLARES AMERICANOS y Ch. Aust. 1.774.405.- (UN MILLON SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCO 00/100 CHELINES AUSTRIACOS) producción importada, más $b. 1.462.040.- -(UN MILLON CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUARENTA 00/100 PESOS BOLIVIANOS) costo de instalación; debiendo procederse a la suscripción. del contrato pertinente con intervención de las autoridades llamadas por Ley.
El señor Ministro de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los un día del mes de octubre de mil novecientos ochenta años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Javier Cerruto Calderón de la Barca, Luis Arce Gómez, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Augusto Calderón Miranda, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, Avelino Rivero Parada, Arturo Veizaga Barrón, Mario Escobari Guerra, Francisco Mariaca Salas.