01 DE OCTUBRE DE 1980 .- Autorízase al Comando Gral. de la Fuerza Naval Boliviana la adquisición de una avioneta CESSNA por $us. 105.124.-.
DECRETO SUPREMO N° 17646
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Suprema No 193290 de fecha 9 de octubre de 1980 se autorizó al Comando General de la Fuerza Naval Boliviana, la venta de una avioneta CESSNA 206 Matrícula FNB-001 por no reunir las condiciones mínimas de seguridad de vuelo requeridas;
Que para satisfacer las necesidades de transporte de unidades del Oriente Boliviano, es imprescindible la adquisición de una nueva aeronave que reuna las condiciones de seguridad y operabilidad a objeto de cubrir los requerimientos de apoyo y asistencia a las más alejadas unidades del territorio nacional;
Que a la oferta de venta al Comando de la Fuerza Naval Boliviana por parte del distribuidor de aviones “CESSNA” en Bolivia es de interés a la Institución por el bajo costo de la misma;
Que es imprescindible reemplazar la avioneta vendida, por otra aeronave que se encuentre en condiciones de prestar un servicio seguro é inmediato;
Que la aviación Naval es componente de la Fuerza Naval Boliviana, de acuerdo a la Ley Orgánica de las FF.AA. de la Nación en su Art. 133 inciso d) aprobada por Decreto Supremo de 26 de Mayo de 1978;
Que por la conveniencia técnica y económica de la adquisición de la aeronave, es necesario dictar la norma legal que viabilice esta operación.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Comando General de la Fuerza Naval Boliviana la adquisición de una avioneta CESSNA de las siguientes características: Modelo TU 206 a pistón Motor Continental de 300 H. P., 6 asientos, por el precio de $US. 105,124.oo (CIENTO CINCO MIL CIENTO VEINTICUATRO 00/100 DOLARES AMERICANOS), de conformidad al Artículo 31 del Reglamento Interno de Adquisiciones de las Fuerzas Armadas aprobado por Resolución Suprema No 190840.
ARTÍCULO 2.- Autorízase al Tesoro General de la Nación el desembolso de $us. 105.124. oo (CIENTO CINCO MIL CIENTO VEINTICUATRO 00/100 DOLARES AMERICANOS), con cargo a la partida 262 Asignaciones Globales del Ministerio de Finanzas – Gestión 1980, en calidad de pago por la aeronave de características señaladas.
ARTÍCULO 3.- La presente adquisición queda liberada del pago de los derechos arancelarios y aduaneros de importación y consularización de facturas, así como de los impuestos nacionales y departamentales.
ARTÍCULO 4.- La aeronave a adquirirse deberá ser inscrita en el registro de Bienes del Estado como propiedad de la Fuerza Naval Boliviana.
Los señores Ministros de Estado de los Despachos de Defensa y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, el Primer día del mes de octubre de mil novecientos ochenta años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Javier Cerruto Calderón de la Barca, Luis Arce Gómez, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Augusto Calderón Miranda, Julio Molina Suarez, Líder Sossa Salazar, Avelino Rivero Parada, Arturo Veizaga Barrón, Mario Escobari Guerra, Francisco Mariaca Salas.