01 DE OCTUBRE DE 1980 .- Autorízase a GEOBOL la compra directa a través del sistema de licitación internacional de los items no ofertados declarados desiertos, e incrementados en su precio de las Licitaciones IMCH 02, 03, 04 05 y 06/78.
DECRETO SUPREMO Nº 17655
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Nación y el Banco Internacional para la Reconstrucción y el Desarrollo (Banco Mundial), en fecha 15 de octubre de 1976 suscribieron el Convenio de Préstamo No 1331 – BO para el financiamiento y ejecución del Programa de Desarrollo de la Minería Privada del país a ejecutarse por el Ministerio de Minería y Metalurgía Banco Minero y Servicio Geológico de Bolivia que ejecuta el Programa de Inventariación de la Minería Chica. Convenio que se halla aprobado por el D. S. No 14007, de 8 de octubre de 1976;
Que para las actividades del programa de Inventariación de la Minería Chica y la ampliación y/o actualización de los estudios de investigación científica, los alcances del Convenio 1331 – BO, estipulan la compra de suministros: equipo, maquinaria, materiales y otros sobre las bases de una licitación internacional de compra (International Shopping) con la intervención de por lo menos 3 proveedores extranjeros.
Que pese a las recomendaciones de Banco Mundial de adquirir los bienes en forma directa (International Shopping) por disposición del Ministerio de Minería y Metalúrgia, GEOBOL mediante convocatoria pública nacional é internacional licitó la provisión de los equipos a través de las Convocatorias IMCH 02/78, IMCH 03/78, IMCH 04/78, IMCH 05/78 é IMCH 06/78;
Que dichas convocatorias fueron sucesivamente declaradas desiertas y convocadas hasta su 4ta. vez, por el poco interés de las empresas proveedoras en ofertar los materiales requeridos en unos casos, por el tiempo transcurrido en concretar las adquisiciones de los items adjudicados en otros, por el constante incremento de precios en las ofertas y por la situación generada en los acontecimientos políticos del país y otros, que tuvieron como resultado la demora en la firma de las Resoluciones Supremas 191828, 192004, 191973, 192571, que aprobaron las adjudicaciones correspondientes a las convocatorias señaladas;
Que tratándose de un caso de justificada urgencia e importancia para que GEOBOL asegure y garantice el éxito de sus actividades programadas dentro del Programa de Inventariación de los Recursos Minerales de la Minería Chica, es deber del Supremo Gobierno en forma prioritaria garantizar el mejor empleo de los fondos obtenidos por GEOBOL a través de Crédito 1331 – BO;
Que por naturaleza los convenios internacionales como el citado 1331 – BO, firmado con el Banco Mundial, estipulan la aplicación preferente de los acuerdos que señalan modalidades como la licitación internacional de compra para la adquisición de suministros y habiéndose agotado todos los procedimientos de adquisición señalados en el D. L. No 15223 de 30 de diciembre de 1977;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Atorízase al Servicio Geológico de Bolivia a realizar la compra directa através del sistema de licitación internacional de compra (International Shopping) de los items no ofertados, declarados desiertos e incrementados en su precio de las Licitaciones IMCH 02, IMCH 03, IMCH 04, IMCH 05 e IMCH 06/78.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Anulanse las aprobaciones de las adjudicaciones correspondientes a los ítems cuyos precios han sido incrementados de las siguiente manera:
Se anula totalmente la R. S. No 192571 que aprueba la adjudicación en favor de Xerox de Bolivia por el monto de $us. 13.300.-
Se anula parcialmente la R. S. 191828 en la parte que aprueba la adjudicación en favor de la Empresa Epayo por el monto de $us. 12.156.-
Estando aprobada por R. S. No 192004 de 13 de febrero de 1980 la adjudicación realizada en favor de Atlas Copco S. A. en los items 103 – 107 – 108 – 111- 114 y 116 por un monto total de $us. 70.157.- se anula parcialmente.
Por incremento excesivo en los precios, la Resolución aprobatoria de la adjudicación en lo que se refiere a los items 108 y 114 por el valor de $us. 35.885.- manteniendo su vigencia y validez la Resolución en la parte que corresponde a los items 103, 107, 111 y 116 que mantienen sus precios ofertados originalmente por el monto de $us. 34.272.- así como a las adjudicaciones aprobadas a las demás empresas.
Asimismo, estando aprobada por R. S. No 192004 de 13 de febrero de 1980 la adjudicación realizada en favor de PEMSA en los items 117 – 118 y 105 por un monto total de $us. 86.239.- se anula parcialmente, por la misma razón, la Resolución aprobatoria de la adjudicación en lo que se refiere al item 105 por $us. 11.949.56, manteniendo su vigencia y validez la Resolución en la parte que corresponde a los items 117 y 118 que no incrementaron sus precios ofertando originalmente por el monto total de $us. 74.289.44, así como las adjudicaciones aprobadas a las demás Empresas.
En los casos señalados, se autoriza también a GEOBOL, realizar la compra directa a través del sistema de Compra Internacional (International Shopping).
ARTÍCULO TERCERO.- Autorízase las liberaciones de derechos aduaneros, arancelarios y adicionales, impuestos a la Renta y Municipalidad en aplicación del artículo primero del D. S. No 17184 de 18 de enero de 1980 y con las excepciones señaladas en el articulo tercero del citado Decreto, para las adquisiciones efectuadas mediante International Shopping.
ARTÍCULO CUARTO.- El Ministerio de Finanzas concederá las liberaciones otorgadas por el artículo anterior mediante Resolución expresa a la presentación de la documentación correspondiente.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, y de Minería y Metalurgia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, el Primer día del mes de octubre de mil novecientos ochenta años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Javier Cerruto Calderón de la Barca, Luis Arce Gomez, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Augusto Calderón Miranda, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, Avelino Rivero Parada, Arturo Veizaga Barrón, Mario Escobari Guerra, Francisco Mariaca Salas.