07 DE OCTUBRE DE 1980 .- Libérase de impuestos por 10 años a los trabajadores Metalúrgicos de Bolivia, adjudicatarios de 134 departamentos en la Urbanización "EL JARDÍN" de Oruro construídos por ENAF.
DECRETO SUPREMO N° 17685
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que el Ministerio de Minería y Metalúrgia, mediante Resolución Ministerial N° 62 de 27 de abril de 1976, ha aprobado el Reglamento para la programación y utilización de recursos provenientes de aporte del crédito Alemán para obras civiles;
Que estando aprobado por Resolución Bi-Ministerial N° 0000109 de 12 de julio de 1976 el contrato suscrito por la Empresa Nacional de Fundiciones con la Caja de Ahorro y Préstamo para la Vivienda, para la contracción de 134 departamentos en la Urbanización “EL JARDIN” de la ciudad de Oruro, las que se encuentran ya habitadas por los trabajadores beneficiarios de dicha empresa;
Que el Supremo Gobierno de Reconstrucción Nacional en su amplia política de favorecer los planes de vivienda de carácter social, en apoyo de los D. S. Nos. 08616 de 3 de agosto de 1964 complementado por el D.S. N° 13062 de 12 de noviembre de 1975, D.S. 12274 de 3 de marzo de 1975, modificado por el D.S. N° 15594 de 27 de junio de 1978, normas que regulan sobre la liberación de impuestos catastrales por 10 años, primera transferencia, impuestos nacionales, timbres transaccionales, impuestos municipales, plusvalías, habiendo solicitado estas liberaciones la Federación de Trabajadores Metalúrgicos de BOLIVIA, mediante memorial cursante en antecedentes;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.- Libérase de Impuestos Nacionales, de primera transferencia, Municipales, Catastrales, timbres y plusvalías, por el lapso de 10 años, en favor de los Trabajadores Metalúrgicos de Bolivia, adjudicatarios de los 134 departamentos de la Urbanización “EL JARDIN” de la ciudad de Oruro, construidos por la Empresa Nacional de Fundiciones (ENAF) para sus trabajadores de acuerdo a la lista anexa a la presente Resolución, en aplicación a los D.S. Nos. 08616 de 3 de agosto de 1964, complementado por el D.S. 13062 de 12 de noviembre de 1975, D. S. 12274 de 3 de marzo de 1975, modificado por el D. S. 15594 de 27 de junio de 1978.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Minería y Metalúrgia quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los siete días del mes de octubre de mil novecientos ochenta años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Javier Cerruto Calderón, Luis Arce Gómez, Oscar Larraín Frontanilla, José Sánchez Calderón, Ariel Coca Aguirre, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Augusto Calderón Miranda, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Lider Sossa Salazar, Avelino Rivero Parada, Arturo Veizaga Barrón, Mario Escobari Guerra, Francisco Mariaca Salas.