15 DE OCTUBRE DE 1980 .- Autorízase al Comando Gral. de la FAB, la compra de 24 aeronaves PILATUS PC - 7 TURBO TRAINER por total $us. 30.000.000.-.
DECRETO SUPREMO Nº 17713
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Comando General de la Fuerza Aérea Boliviana, requiere con carácter de urgencia, adquirir aeronaves de entrenamiento básico para atender en condiciones de eficiencia a la formación y entrenamiento de pilotos militares para completar cuadro de oficiales del Sub- escalafón Aéreo y coadyuvar la defensa y seguridad del espacio aéreo nacional.
Que para el fin arriba señalado la Institución ha recibido una oferta de venta de aviones PILATUS PC-7 Turbo Trainer y sus equipos complementarios, por parte de la firma PILATUS AIRCRAFT LTDA. DE STANS, Suiza, la misma que previo estudio del Estado Mayor de la Fuerza Aérea Boliviana, sobre la calidad, precio y demás características técnicas que deben reunir las aeronaves destinadas a este servicio, ha resultado como las mas conveniente a los intereses del Estado, tanto por razones económicas, cuanto de mantenimiento, abastecimiento y estandarización del material aéreo una vez que el tipo de aviones a adquirirse ya forma parte del material aéreo de entrenamiento de la Fuerza Aérea Boliviana.
Que la oferta de venta de las indicadas aeronaves, presentada por la firma PILATUS AIRCRAFT LTDA. de Stans, Suiza, incluye el financiamiento del costo total de la operación, siendo necesario en consecuencia garantizar dicho pago, mediante carta de garantía expedida en favor de la Institución Bancaria Suiza que otorgará el financiamiento de referencia.
Que por otra parte, no existiendo fondos presupuestados para el pago de derechos arancelarios, impuestos de transferencia, servicios prestados y otros relativos a la importación de las indicadas aeronaves, como a su financiamiento y dada la urgencia de su adquisición, es procedente la liberación del pago de impuestos, sin perjuicio alguno para el Erario Nacional.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Comando General de la Fuerza Aérea Boliviana, la compra de veinticuatro (24) aeronaves PILATUS PC-7 TURBO TRAINER, equipo opcional, aviónicos, repuestos, documentación técnica, entrenamiento equipo de tierra, herramientas especiales, gastos de transporte y costos bancarios de financiamiento de la firma PILATUS AIRCRAFT LTDA. de Stans, Suiza por el precio total de DOLARES AMERICANOS TREINTA MILLONES ($us. 30.000.000.oo).
ARTÍCULO 2.- El Comando General de la Fuerza Aérea Boliviana, queda autorizado para convenir los términos y condiciones de la adquisición y suscribir el correspondiente contrato de compra - venta con la intervención del Ministerio de Defensa Nacional, Contraloría General de la República y Fiscalía de Gobierno y demás formalidades de Ley.
ARTÍCULO 3.- Autorízase al Banco Central de Bolivia, avalar el pago de la obligación, mediante carta de garantía en favor de la Institución Bancaria Suiza que otorgue el financiamiento, por la suma de DOLARES AMERICANOS TREINTA MILLONES 00/100. (30.000.000.oo $us.), por amortización del capital principal más intereses y gastos de financiación de acuerdo a los términos, condiciones y plan de pagos establecidos entre la firma proveedora y el Comando General de la Fuerza Aérea Boliviana.
ARTÍCULO 4.- El pago de la obligación emergente de este contrato será efectuado por el Tesoro General de la Nación, con cargo al Servicio de la Deuda Pública, dependiente del Ministerio de Finanzas.
ARTÍCULO 5.- La presente adquisición y su financiamiento quedan liberados de todos los derechos arancelarios, servicios prestados, impuestos nacionales, departamentales y municipales sin excepción alguna, incluso del 10% sobre montos liberados así como el pago de timbres sobre escrituras y registro de documentos de crédito por tratarse de una adquisición destinada a una Institución de las Fuerzas Armadas de la Nación.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Defensa Nacional y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los quince días del mes de octubre de mil novecientos ochenta años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Javier Cerruto Calderón Luis Arce Gómez, Arturo Veizaga Barrón, Oscar Larraín Frontanilla, José Sanchez Calderón Ariel Coca Aguirre, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Augusto Calderón Miranda, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Lider Sossa Salazar, Avelino Rivero Parada, Mario Escobari Guerra Francisco Mariaca Salas