13 DE NOVIEMBRE DE 1980 .- Con cargo a la reformulación del presupuesto de la H. Alcaldía Mpl. de Trinidad, gestión 1980, autorízase a Min. Finanzas disponga el pago de $b. 2.013.492.25 a CIBO S.A. por la provisión de maquinaria y equipo.
DECRETO SUPREMO Nº 17783
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Supremo No 16369 de 10 de abril de 1979, el Supremo Gobierno autorizó a la H. Alcaldía Municipal de Trinidad (Beni), con aval del Banco Central de Bolivia, la adquisició n directa de maquinaria y equipo requeridos con suma urgencia para proseguir obras de Desarrollo Urbano y otras de emergencia que deben atenderse a consecuencia de las inundaciones que confrontan anualmente la capital beniana.
Que en ejecución del citado Decreto Supremo, la H. Alcaldía Municipal de Trinidad y la COMPAÑÍA INDUSTRIAL BOLIVIANA S.A. (CIBO S.A.), en fecha 12 de junio de 1979, suscriben el respectivo contrato de venta y entrega anticipada del equipo y maquinaria especificados en la disposición legal de referencia, en el que se desiste de adquirir la compactadora y dos camiones recolectores, quedando la obligación reliquidada en la suma de $us. 455.400.- cual se aclara en cláusula adicional insertada en fecha 10 de junio de 1980, minuta protocolizada después por ante Notario de Hacienda del Departamento del Beni en 25 de septiembre de 1980.
Que es deber del Supremo Gobierno prestar la cooperación necesaria para la prosecución de obras de beneficio social emprendidas por las Autoridades Comunales del país.
Que corresponde la Ministerio de Finanzas, a través de las Direcciones Presupuesto y Tesoro General de la Nación, procesar el pago de las obligaciones asumidas por la H. Alcaldía Municipal de Trinidad, que se hallan de plazo vencido hasta el 26 de noviembre de 1980.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Con cargo a la reformulación del Presupuesto de la H. Alcaldía Municipal de Trinidad (Beni), gestión 1980, autorízase al Ministerio de Finanzas disponga el pago de $b. 2.013.492.25.- DOS MILLONES TRECE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS 25/100 PESOS BOLIVIANOS), en favor de la COMPAÑÍA INDUSTRIAL BOLIVIANA S.A. (CIBO S.A.), por la provisión de maquinaria y equipo cuya adquisición directa se autorizó mediante Decreto Supremo No 16369 de 10 de abril de 1979.
ARTÍCULO 2.- El saldo de la obligación de plazo vencido por $b. 1.074.925 será incorporado al presupuesto de la H. Alcaldía Municipal de Trinidad (BENI), en la gestión 1981, bajo la partida No 433 Equipo de Transportes, Tracción y elevación.
Los posteriores pagos a cargo directo de la H. Alcaldía Municipal de Trinidad, se sujetarán a los plazos de vencimiento convenidos a partir de la gestión 1981.
Los señores Ministros de Estado, en los Despachos del Interior, Migración y Justicia y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Waldo Bernal Pereira, Javier Cerruto Calderón de la Barca, Luís Arce Gómez, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, José Sánchez Calderón, Ariel Coca Aguirre, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Augusto Calderón Miranda, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, Avelino Rivero Parada, Mario Escobari Guerra, Francisco Mariaca Salas.