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Decreto Supremo17875 Vigente

Decreto Supremo N° 17875

Presidencia del Estado Plurinacional
30 de diciembre de 1980

30 DE DICIEMBRE DE 1980 .- Autorízase a Min. Asuntos Campesinos para que dentro de su presupuesto, realice traspaso de fondos por $b. 200.000.- con cargo a Saldo Gestión Anterior.

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45 años

DECRETO SUPREMO N° 17875

GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Asuntos. Campesinos y Agropecuarios, solicita autorización para efectuar traspaso de fondos, con el objeto de reforzar algunas partidas presupuestarias insuficientes para cubrir obligaciones de la presente gestión fiscal en el Grupo 200 SERVICIOS NO PERSONALES;

Que la Dirección General de Presupuesto dependiente del Ministerio de Finanzas, en uso de sus específicas atribuciones, ha informado favorablemente por esta solicitud, haciendose viable la procedencia de este requerimiento.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo ÚNICO

Autorízase al Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios para que dentro de su Presupuesto de la gestión en curso, realice el traspaso de fondos, por la suma de DOSCIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 200.000.- -), con cargo a Saldo Gestión Anterior, a fin de dar cobertura a obligaciones contraídas en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:

CAPITULO 1 : FUNCIONAMIENTO
PROGRAMA 01: POLITICAS AGROPECUARIAS

RECURSOS : SALDO GESTION ANTERIOR

DE:

400ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS$b.200.000.--
430Maquinaria y Equipo$b.200.000.--
433.5.2Equipo de Transporte, Tracción y Elevación.$b.200.000.--
T O T A L:$b.200.000.--
A:
200SERVICIOS NO PERSONALES$b.200.000.--
210Servicios Básicos$b.123.000.--
211.5.2Comunicaciones$b.73.000.--
214.5.2Imprenta$b.50.000.--
220Servicios de Transportes y Seguros$b.62.000.--
221.5.2Pasajes$b.10.000.--
222.5.2Viáticos$b.52.000.--
240Mantenimiento y Reparaciones$b.15.000.--
241.5.2Edificios y Equipos$b.15.000.--
T O T A L:$b.200.000.--

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Asuntos Campesinos y Agropecuarios, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta años.

FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Waldo Bernal Pereira, Javier Cerruto Calderon de la Barca, Luís Arce Gomez, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, José Sánchez Calderón, Ariel Coca Aguirre, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Augusto Calderón Miranda, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, Avelino Rivero Parada, Arturo Veizaga Barrón, Mario Escobari Guerra, Francisco Mariaca Salas.

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