08 DE ENERO DE 1981 .- Homologanse Resoluciones Mples 1623/79 y 1988/79 de 13-VII y 17-VIII, de la H. Alcaldía Mpl. de Cochabamba disponiendo que la Empresa de Luz y Fuerza Eléctrica Cochabamba S.A., a partir de junio de 1979, cancele directamente la tasa del 5 o/o sobre factura de consumo a la Fábrica de Cemento "COBOCE S.A.M., en favor de la Alcaidía Mpl. de Capinota.
DECRETO SUPREMO N° 17899
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Honorable Municipalidad de Cochabamba, ha dictado las Resoluciones Comunales Nos. 1623/79 y 1988/79 de 13 de julio y 17 de agosto de 1977, disponiendo que la Empresa de Luz y Fuerza Eléctrica Cochabamba S. A., a partir del mes de junio de 1979, cancele directamente la “tasa” del 5o/o sobre factura de consumo de energía eléctrica a la Fábrica de Cemento “COBOCE S. A. M” en favor de la Alcaldía Municipal de la Provincia de Capinota, para que ejecute obras de desarrollo comunal;
Que las merituadas Resoluciones Municipales, requieren ser homologadas para que tengan el valor legal correspondiente.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se homologan las Resoluciones Municipales Nos. 1623/79 y 1988/79 de fechas 13 de julio y 17 de agosto respectivamente, dictadas por la Honorable Alcaldía Municipal de Cochabamba.
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de enero de mil novecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Waldo Bernal Pereira, Javier Cerruto Calderón de la Barca, Luís Arce Gómez, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, José Sanchez Calderon, Ariel Coca Aguirre, Rene Guzmán Fortun, Mario Guzman Moreno, Augusto Calderón Miranda, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, Avelino Rivero Parada, Arturo Veizaga Barrón, Mario Escobarí Guerra, Francisco Mariaca Salas.