05 DE FEBRERO DE 1981 .- Apruébase el Presupuesto Adicional de INIS por $b. 4.500.000.- - con cargo a recursos provenientes del aporte mensual de los trabajadores en beneficio de las directivas sindicales.
DECRETO SUPREMO Nº 17982
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA
TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Instituto Nacional de Investigaciones Socio Laborales (INIS) solicita la aprobación de un Presupuesto Adicional a fin de lograr el normal desenvolvimiento de sus actividades de coordinación, ejecución de estudios, investigaciones y proyectos que sirvan de base para la adopción de políticas laborales de alto contenido social.
Que mediante D.S. No 17668 de fecha 7 de octubre de 1980 se ha dispuesto que el aporte mensual por concepto de cuota sindical que efectuaban los trabajadores en beneficio de las directivas sindicales, sea destinado al Instituto Nacional de Investigaciones Socio Laborales para la realización de estudios de investigaciones de promoción y superación del Sector hasta que se normalice la actividad sindical.
Que la Dirección General de Presupuesto dependiente del Ministerio de Finanzas, en uso de sus específicas atribuciones, ha informado favorablemente a la solicitud del INIS haciendo proceder su requerimiento, en ejecución del D.S. No 17668 citado.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto adicional del Instituto Nacional de Investigaciones Socio Laborales (INIS) por la suma de $b. 4.500.000.- (CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS), con cargo a recursos provenientes del aporte mensual que efectuaban los trabajadores en beneficio de las directivas sindicales de acuerdo al siguiente detalle:
ORGANISMO : INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
SOCIO LABORALES (INIS)
CAPITULO I : FUNCIONAMIENTO
PROGRAMA 01 : INVESTIGACIONES SOCIO - LABORAL
I N G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
Financiamiento Por Origen de los Recursos:
Código F u e n t e P r e s u p u e s t o
A d i c i o n a l
Octubre a Diciembre 1980
I NACIONALES 4.500.000.- -
5.- Otros 4.500.000.- -
5.5. Varios 4.500.000.- -
Aportes por cuotas sindicales 4.500.000.- -
T o t a l 4.500.000.- -
= = = = = = =
E G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
Clasificación por objeto del Gasto:
Código D e s c r i p c i ó n P r e s u p u e s t o
A d i c i o n a l
Octubre a Diciembre 1980
100 SERVICIOS PERSONALES 600.000.- -
120.5.5 Empleados No Permanentes 575.000.- -
130 Previsión Social 25.000.- -
131.5.5 Aporte Patronal al Seguro Social C.N.S.S. 25.000.- -
200 SERVICIOS NO PERSONALES 496.000.- -
210 Servicios Básicos 180.000.- -
211.5.5 Comunicaciones 10.000.- -
213.5.5 Publicidad 150.000.- -
214.5.5 Imprenta 20.000.- -
220 Servicios de Transportes y Seguros 110.000.- -
221.5.5 Pasajes 40.000.- -
222.5.5 Viáticos 70.000.- -
230 Alquileres 25.000.- -
231.5.5 Edificios y Terrenos 25.000.- -
240 Mantenimiento y Reparaciones 20.000.- -
241.5.5 Edificios y Equipos 20.000.- -
250 Servicios Profesionales y Comerciales 101.000.- -
252.5.5 Estudios, Investigaciones y o Proyectos 100.000.- -
253.5.5 Comisiones y Gastos Bancarios 1.000.- -
260 Otros Servicios No Personal 60.000.- -
261.5.5 Tributos y Otros Gravámenes 20.000.- -
263.5.5 Otros Servicios No Personales 40.000.--
300 MATERIALES Y SUMINISTROS 99.000.- -
310 Para Oficina 40.000.- -
311.5.5 Papelería y Suministros Varios 40.000.- -
320 Para Usos Varios 59.000.- -
321.5.5 Limpieza y Usos Domésticos 3.000.- -
322.5.5 Vestuario y Textiles 3.000.- -
323.5.5 Alimentos 20.000.- -
325.5.5 Lubricantes y Combustibles 5.000.- -
326.5.5 Médicos, Farmacéuticos, Químicos y de
Laboratorio 5.000.- -
327.5.5 Construcción y Edificación 3.000.- -
328.5.5 Accesorios, Repuestos y Herramientas Menores 10.000.- -
329.5.5 Otros Materiales y Suministros 10.000.- -
400 ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS 606.000.- -
430 Maquinaria y equipo 586.000.- -
431.5.5 Equipo de Oficina y Muebles 471.000.- -
345.5.5 Equipo de Comunicaciones 115.000.- -
440 Activos Financieros 20.000.- -
441.5.5 Títulos y Valores 20.000.- -
600 RESERVAS 2.699.000.- -
610.5.5 Económicas 2.699.000.- -
T o t a l : 4.500.000.- -
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Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Trabajo y Desarrollo Laboral, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Waldo Bernal Pereira, Javier Cerruto Calderon de la Barca, Luís Arce Gomez, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, José Sanchez Calderón, Ariel Coca Aguirre, René Guzman Fortun, Mario Guzman Moreno, Augusto Calderon Miranda, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, Avelino Rivero Parada, Arturo Veizaga Barron.