04 DE MARZO DE 1981 .- Apruébase el "Reglamento de Depósito Legal".
DECRETO SUPREMO Nº 18059
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA
TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Decreto Supremo No 16762 de 11 de julio de 1979 dispone la obligatoriedad del depósito legal de obras de producción nacional, tanto de los sectores público privado y/o mixto del país, con el fin de conservar el acervo bibliográfico boliviano;
Que el régimen de depósito legal obligatorio de la producción bibliográfica nacional debe merecer la atención preferente del Estado por constituir aquella el patrimonio cultural nacional que aparte de su valor intrínseco es una apreciable fuente de consulta para los propósitos de información é investigación que interesen al desarrollo nacional;
Que debe contemplarse normas de control riguroso y efectivo para el depósito legal reforzando la legislación vigente;
Que las disposiciones legales dictadas anteriormente en 1957, 1968, 1972 y 1975 sobre el depóstio legal obligatorio en los Repositorios Nacinales no eran adecuadas, ni estaban respaldadas por una reglamentación efectiva.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Apruébase el “Reglamento de Depósito Legal” en sus 19 Capítulos y 91 Artículos de que consta, el mismo que entrará en vigencia a partir de la fecha de su promulgación.
ARTÍCULO 2.- Quedan derogados todos los Reglamentos contrarios al presente Reglamento de Depósito Legal.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planeamiento y Coordinación, de Educación y Cultura y de Transportes y Comunicaciones, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Waldo Bernal Pereira, Mario Rolón Anaya, Celso Torrelio Villa, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, Jorge Tamayo Ramos, Guillermo Escobar Ury, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Rolando Canido Berascochea, Carlos Morales Nuñez del Prado Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, José Villarreal Suárez, José Sánchez Calderón, Alberto Saenz Klinsky, Jorge Salazar Crespo.