04 DE MARZO DE 1981 .- Apruébase la adquisición de la H. Junta de Licitaciones de Min. Industria, en favor de ARGOS Cia. de Seguros, para cubrir el seguro de transporte de 235.200 TM de trigo argentino por $us. 72.903.74.
DECRETO SUPREMO Nº 18068
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA
TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, mediante Licitación Pública No 3/80, ha convocado a las Compañias Aseguradoras legalmente establecidas en el país, a presentar sus propuestas para cubrir el Seguro de Transporte de 235.200 Toneladas métricas de trigo a granel de procedencia Argentina;
Que presentadas y abiertas las propuestas en el plazo señalado y cumplidos que fueron los requisitos legales establecidos por Decreto Ley No 15223 de 30 de diciembre de 1977, la H. Junta de Licitaciones del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, en su reunión de fecha 28 de octubre de 1980, adjudicó la Licitación en favor de la firma ARGOS, Compañía de Seguros S. A. por ser conveniente a los intereses del Estado;
Que corresponde aprobar la adjudicación efectuada, mediante la dictación de la pertinente disposición legal, de conformidad al Art. 65 de la Ley de Licitaciones antes citada.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar la adjudicación efectuada por la H. Junta de Licitaciones del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, en su reunión de fecha 28 de octubre de 1980, en favor de ARGOS Compañía de Seguros S. A., para cubrir el seguro de transporte de 235.200 toneladas métricas de trigo a granel de procedencia Argentina, por un costo de SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS TRES 74/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 79.903.74) debiendo suscribirse el contrato respectivo con intervención de las autoridades correspondientes:
ARTÍCULO SEGUNDO.- El monto correspondiente a la contratación del Seguro de Transporte de las 235.200 toneladas métricas de trigo a granel de procedencia Argentina será desembolsado por la Asociación de Industriales Molineros (A. D. I. M.), como consignatarios directos de la importación. Una vez que la Comisión Evaluadora de Liquidaciones de Trigo Importado (creado por D. S. 17740 de 22 - 10 - 80), establezca la cantidad de mercadería arribada, así como el monto real desembolsado por este concepto, el desembolso efectuado por A. D. I. M., será cargado a los fondos del Ministerio, consignados en el Grupo 700 “TRANSFERENCIAS”., subgrupo 710 “AL SECTOR PRIVADO”, con cargo a los recursos del Tesoro General de la Nación; gestión 1980;
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Industria, Comercio y Turismo quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Waldo Bernal Pereira, Mario Rolón Anaya, Celso Torrelio Villa, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, Jorge Tamayo Ramos, Guillermo Escobar Ury, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Rolando Canido Berascochea, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, José Villarreal Suárez, José Sánchez Calderón, Jorge Salazar Crespo, Alberto Saenz Klinsky.