08 DE ABRIL DE 1981 .- Apruébase las adjudicaciones de la Junta de Licitaciones de la Comisión Mixta Ferroviaria Argentino—Boliviana, en favor de ONO TRADING CO. para provisión rieles y otros por total $us. 6.277.022.- y en favor de BENEDETTI S.A.I.C., para provisión arandelas por $us. 9.016.
DECRETO SUPREMO Nº 18172
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que la Comisión Mixta Ferroviaria Argentino - Boliviana requiere contar con rieles, tornillos, tirafondos, cambios de vía y otros materiales, para cumplir con su labor específica en el trabajo de construcción del Tercer Sector Río Yapacaní - Río Grande F. C. Santa Cruz Trinidad - Sucre.
Que para llenar dichos requerimientos ha convocado a licitación pública, habiéndose presentado a la misma las firmas; Artimsa S.A., Benedetti S.A.I.C., Mitsubishi y Cía Mitsubishi Co. Kanematsu Gosho Ltda.; Ono Trading Co. y H. G. K. Proyectos Industriales de Bolivia.
Que en sesión de 13 de febrero último y previa la consideración del Informe de la Comisión Calificadora (Acta No 258, Fs. F - 19), la Junta de Licitaciones adjudicó los Items 1, 2, 3, 5, 6 y 7 en favor de la Firma ONO TRADING y el Item 4 en favor de la Firma BENEDETTI S. A. I. C.
Que habiéndose cumplido con los requisitos de Ley, debe aprobarse dichas adjudicaciones, mediante Decreto Supremo, conforme a lo que dispone el Decreto Ley 15223 de 30 de diciembre de 1977.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Se aprueba las siguientes adjudicaciones efectuadas por la Junta de Licitaciones de la Comisión Mixta Ferroviaria Argentino - Boliviana y que se cancelarán con fondos propios de dicha entidad;
ITEM 4- | 130.000 pzas. | arandelas Grover, puesto sobre vagon Buenos Aires | $us. | 9.016,-
---|---|---|---|---
ARTÍCULO 2.- Se autoriza al señor Ministro de Transportes y Comunicaciones para que, conjuntamente con los señores personeros de la Comisión Mixta Ferroviaria Argentino - Boliviana y el señor Fiscal de Gobierno, suscriba los respectivos contratos, con las seguridades y garantías de ley, con los personeros de las firmas adjudicatarias.
El señor Contralor General refrendará dichos contratos.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Transportes y Comunicaciones, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de abril de mil novecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Wáldo Bernal Pereira, Mario Rolón Anaya, Celso Torrelio Villa, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, José Sánchez Calderon, Guillermo Escobar Ury, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Rolando Canido Vericochea, Carlos Morales Núñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, José Villarreal Suárez, Jorge Salazar Crespo, Alberto Saenz Klinsky.