09 DE ABRIL DE 1981 .- Autorízase al Banco Central conceder a "Complejo Metalúrgico Karachipampa" con aval de ENAF y COMIBOL', un préstamo de $us. 6.000.000.- para pago del 90 o/o de fletes marítimos, por transporte de maquinaria y equipos.
DECRETO SUPREMO Nº 18177
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que la Sociedad “Complejo Metalúrgico Karachipampa”, tiene a su cargo la implementación, montaje y operaciones de la Planta de Fundición y Refinación de Minerales de plomo/plata; proyecto calificado como estratégico y de ejecución prioritaria por su importancia en la programación de desarrollo nacional;
Que la Sociedad “Complejo Metalúrgico Karachipampa” requiere ejecutar de inmediato el transporte de la maquinaria y equipo desde puertos europeos hasta Karachipampa y existiendo la Empresa Líneas Navieras Bolivianas S.A.M. con la infraestructura necesaria para hacer frente a dicho transporte, corresponde reformular el artículo 2o del Decreto Supremo No 17974 de 23 de enero de 1981;
Que Líneas Navieras Bolivianas “LINABOL”, mediante nota dirigida al señor Ministro de Finanzas en fecha 1o de abril del presente año, ha ofrecido condiciones de excepción para la realización del transporte marítimo de las maquinarias y equipos con destino al Complejo Metalúrgico Karachipampa, aceptando el pago del 50% del flete marítimo total de cada embarque según normas de la conferencia marítima Europea Pacífico Sur Magallanes y el restante 50% mediante pagarés emitidos por la Sociedad Complejo Metalúrgico Karachipampa y avalados por el Banco Central de Bolivia, con más los intereses del 9% anual con un plazo de 8 meses computables a partir de la fecha de cada embarque, con el primer vencimiento a partir del 15/I/ 82.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Banco Central de Bolivia para conceder a la Sociedad “Complejo Metalúrgico Kar chipampa”, con aval de ENAF y COMIBOL, un préstamo hasta la suma de $us 6.000.000 (Seis Millones de Dólares Americanos) con cargo al Programa Monetario del año 1982, con destino exclusivo al pago del 90% del costo de los fletes marítimos más escalación, por el transporte de maquinaria y equipos principales provenientes de Alemania y Bélgica para la Fundación Plomo/Plata.
ARTÍCULO 2.- El Banco Central de Bolivia desembolsará en la primera quincena de Enero de 1982 el 50% del préstamo hasta la suma de $us 3.000.000 (Tres Millones de Dólares Americanos) para reembolsar a la Sociedad “Complejo Metalúrgico Karachipampa”, el valor de los fletes marítimos que pagará al contado utilizando transitoriamente recursos destinados a otros fines de la ejecución del proyecto.
El Banco Central de Bolivia, desembolsará el 50% restante, hasta la suma de $us 3.000.000.- (tres millones de dólares americanos) al vencimiento de los pagarés que suscribirá la Sociedad “Complejo Metalúrgico Karachipampa”, en favor de Líneas Navieras Bolivianas LINABOL S . A . M . y/o sus Líneas Asociadas, por el 50% del flete marítimo total más interés del 9% anual computado a partir de las fechas de los embarques con plazos de ocho meses, no pudiendo recaer el primer vencimiento antes del 15 de enero de 1982.
ARTÍCULO 3.- La Sociedad “Complejo Metalúrgico Karachipampa” reembolsará el préstamo autorizado por el Art. 1o precedente, mediante seis cuotas semestrales y con la tasa de interés del 9% anual, a cuyo efecto deberá suscribirse el correspondiente contrato de préstamo conviniendo entre partes las demás condiciones.
ARTÍCULO 4.- Se autoriza al Banco Central de Bolivia otorgar su aval por los montos de los pagarés que se emitan, mediante cartas de garantía.
ARTÍCULO 5.- Queda sin efecto el artículo 2o del Decreto Supremo del 23 de enero de 1981, No 17974.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, y de Minería y Metalúrgica, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de abril de mil novecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Wáldo Bernal Pereira, Mario Rolón Anaya, Celso Torrelio Villa, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, José Sánchez Calderón, Guillermo Escobar Ury, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Rolando Canido Vericochea, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, José Villarreal Suárez, Jorge Salazar Crespo, Alberto Saenz Klinsky.