09 DE ABRIL DE 1981 .- Autorízase a la H. Alcaldía Mpl. de La Paz, adquirir cuatro parchadoras y un equipo de radiocomunicación inter—vehicular para mejoramiento de sus servicios mecanizados, prescindiendo de las formalidades previstas en las Leyes de Licitaciones y Adquisiciones del Sector Público.
DECRETO SUPREMO Nº 18179
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que la H. Alcaldía Municipal de La Paz requiere con urgencia mejorar los servicios mecanizados a su cargo, debiendo para ello adquirir suficientes parchadoras y equipo de radiocomunicación inter - vehícular, que signifique una modernización de su actual sistema de mantenimiento y transmisión;
Que para la consecución de tales objetivos, en procura de un eficiente servicio de los vehículos municipales de la ciudad de La Paz, el Gobierno de Reconstrucción Nacional debe facilitar a la Comuna Paceña, el instrumento jurídico necesario que haga viable la adquisición de los mencionados equipos mecánicos, sin sujetarse excepcionalmente a las formalidades de las Leyes de Licitaciones y de adquisiciones del Sector Público;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Autorízase a la H. Alcaldía Municipal de La Paz, la adquisición de cuatro parchadoras y un equipo de radiocomunicación inter - vehícular destinados al mejoramiento de sus servicios mecanizados facultándole para ello con carácter de excepción, dada la urgencia y necesidad inmediata de sus requerimientos mecánicos, prescindir de las formalidades legales previstas en las Leyes de Licitaciones y adquisiciones del Sector Público.
ARTÍCULO 2.- Recomiéndase a las autoridades jerárquicas de la Municipalidad Paceña, adoptar en la suscripción de los contratos de compra - venta los equipos mecánicos especificados en el Artículo precedente, las previsiones legales de garantía y seguridad en resguardo del patrimonio comunal, con intervención de la Contraloría General de la República.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos, del Interior, Migración y Justicia y de Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de abril de mil novecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Wáldo Bernal Pereira, Mario Rolón Anaya, Celso Torrelio Villa, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontalilla, José Sánchez Calderón, Guillermo Escobar Ury, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Rolando Canido Vericochea, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, José Villarreal Suárez, Jorge Salazar Crespo, Alberto Saenz Klinsky.