09 DE ABRIL DE 1981 .- Autorízase al comando de Ingeniería del ejército la adquisición directa de maquinaria de construcción de la firma INTERMACO con carácter de excepción hasta $us. 1.612.692.-
DECRETO SUPREMO Nº 18184
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que dentro de los planes de desarrollo de las Fuerzas Armadas, el Comando de Ingeniería del Ejército, se encuentra realizando trabajos de infraestructura caminera y aeroportuaria en los diferentes puntos del territorio nacional principalmente en las zonas fronterizas a través de sus unidades dependientes contribuyendo a la integración física y económica de las zonas deprimidas del país.
Que el Comando de Ingeniería del Ejército tiene l necesidad de adquirir Equipo de Construcción para cubrir y cumplir con sus compromisos a los cuales se encuentra abocado.
Que la firma comercial “INTERNATIONAL MACHINERY Co.” (INTERMACO), en forma directa ofrece la provisión de Equipo de Construcción a facilidades de pago, con un bajo porcentaje de interés y a largo plazo.
Que habiéndose hecho un análisis de las ventajas que ofrece esta firma tanto para los intereses del Comando de Ingeniería y del Estado.
Que al no existir dispociones legales que solucionen situaciones de emergencia para la adquisición de Equipo de Construcción, es deber del Supremo Gobierno dictar normas, otorgar facilidades y medios necesarios para su efectivización.
Que por lo expresamente señalado y el fin de que se persigue es de servicio público, se exceptúa el cumplimiento de los requisitos de Licitación.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Comando de Ingeniería del Ejército la adquisición directa de maquinaria de construcción de la firma comercial “INTERNATIONAL MACHINERY Co.” (INTERMACO) con carácter de excepción hasta el monto de $us. 1.612.692.- (Un millón seiscientos doce mil seiscientos noventa y dos 00/100 Dólares Américanos), conforme al siguiente detalle:
1 | (UNA) Unidad Planta de Asfalto, marca BARBER GREENE, modelo KA40 con capacidad de producción de 35 Ton/Hr, sistema de asfalto compuesto de intercambiador de calor para fluido términos de capacidad para 400.000 KCAL/HR tanque almacenamiento.
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Precio FOB. FABRICA……………………………... | $us. 298.460.-
1 | (UNA) Unidad SET PORTATIL
Precio FOB. FABRICA……………………………... | $us. 38.170.-
1 | (UNA) Unidad Sistema de Asfalto TENGE
Precio FOB. FABRICA……………………………... | $us. 105.570.-
Gastos estimados de fletes, seguros, manipuleo etc hasta Aduana La Paz. | $us. 54.764.-
Precio total Equipo de Asfalto………………………. | $us. 496.964.-
1 | (UNA) Unidad Planta de Tributación, marca TESLMITH Modelo IBP 502 portátil compuesta de: Chancadora de Mandibulas 15X14 con sistema hidraúlico de regulado.
Precio FOB. FABRICA……………………………... | $us. 259.015.-
Gastos manipuleo, fletes, seguros etc.
hasta Aduana La Paz………………………………... | $us. 17.897.-
Precio CIF. Aduana La Paz estimado……………….. | $us. 276.912.-
2 | (DOS) Unidades Compactador Vibratorio Marca TEMA TERRA Modelo SPV – 735 de propulsión mecánica, motor diesel Mercedes Benz 6 cilindros, modelo OM - 352A 145 HP
Precio FOB. FABRICA por unidad…………………. | $us. 60.455.-
Fletes estimados hasta La Paz, seguros manipuleo etc……………………………………………………. | $us. 6.215.-
Precio estimado CIF. La Paz, por la unid…………… | $us. 133.340.-
1 | (UNA) Unidad KIT completo Pata de Cabra para Compactadora TEMA TERRA, modelo SPV 735.
Precio FOB FABRICA……………………………… | $us. 27.434.-
Gastos de fletes, seguros, manipuleo, etc. hasta La Paz | $us. 3.155.-
Precio por una unidad………………………………... | $us. 30.689.-
3 | (TRES) Unidades Motoniveladoras marca CATERPILLAR, fabricación brasilera, modelo 120B, motor diesel Caterpillar de 125 HP
Precio FOB. FABRICA……………………………... | $us. 81.600.-
Descuento especial…………………………………... | $us. 2.675.-
Total FOB. FABRICA………………………………. | $us. 78.925.-
Gastos, fletes, manipuleo, seguro hasta aduana La Paz…………………………………………………… | $us. 9.004.-
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Precio CIF. Aduana La Paz………………………….. | $us. 87.929.-
TOTAL POR 3 UNIDADES CIF ADUANA LA PAZ | $us. 263.787.-
3 | (TRES) Unidades Pala Cargadora marca CATERPILLAR de fabricación Brasilera, modelo 966C motor diesel Caterpillar, modelo 3306, potencia 170 H. P.
PRECIO FOB. FABRICA…………………………... | $us. 120.546.-
Descuento especial…………………………………... | $us. 4.020.-
TOTAL FOB. FABRICA……………………………. | $us. 125.526.-
Gastos, fletes, manipuleo, seguro hasta aduana La Paz…………………………………………………… | $us. 11.474.-
PRECIO CIF La Paz | $us. 137.000.-
TOTAL 3 UNIDADES CIF ADUANA LA PAZ…… | $us. 411.000.-
ARTÍCULO 2.- Para tal efecto el Comando de Ingeniería queda autorizado a suscribir el Contrato correspondiente con la indicada firma, consignando las Especificaciones Técnicas y CLAUSULAS de seguridad, ejecuntado forma de financiamiento con la concurrencia del señor Contralor General de la República y el señor Fiscal de Gobierno.
ARTÍCULO 3.- El Crédito del valor total del equipo que representa la suma de $us 1.612.692.- (Un millón seiscientos doce mil seiscientos noventa y dos 00/100 Dólares Americanos) será financiado por el Gobierno del Brasil, a través del Banco DO BRASIL en la ciudad de La Paz – Bolivia.
El monto que representa la presente adquisición se cancelará bajo las modalidades que siguen:
Diez por ciento (10%) al contado a la suscripción del Contrato.
Noventa por ciento (90%) restante en ocho cuotas semestrales del mismo valor que devengarán del siete por ciento anual (7%), montos que serán cubiertos con los fondos propios de la Cta. “Comando de Ingeniería” Clave 9:15 del Banco Central de Bolivia.
ARTÍCULO 4.- Se autoriza al Banco Central de Bolivia la emisión de una Carta de Garantía para el financiamiento del noventa por ciento (90%) del monto total de las adquisiciones establecidas.
ARTÍCULO 5.- La importación de la maquinaria materia de la presente adquisición, gozará de la liberación total de los derechos arancelarios é impuestos nacionales, departamentales, municipales, gravámenes aduaneros, renta interna, fabril, universitaria, tasas de 10% sobre monto liberado, servicios prestados acumulados y el 50% tributable a AADAA, conforme al Decreto Supremo No 17397 de 14 de mayo de 1980.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Defensa Nacional, y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de abril de mil novecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Wáldo Bernal Pereira, Mario Rolón Anaya, Celso Torrelio Villa, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, José Sánchez Calderón, Guillermo Escobar Ury, René Guzmán Fortun, Mario Guzmán Moreno, Rolando Canido Vericochea, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, José Villarreal Suárez, Jorge Salazar Crespo, Alberto Saenz Klinsky.