20 DE MAYO DE 1981 .- A partir de la fecha amplíanse las modificaciones al Arancel Aduanero de Importaciones contenidas en el D. S. 17930 de 9-1-81.
DECRETO SUPREMO Nº 18215
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que de acuerdo a la política económica adoptada por el Supremo Gobierno, fue promulgado el Decreto Supremo No 17930 de 9/1/81, que dispone modificaciones parciales de nomenclatura y niveles tributarios al Arancel Aduanero de Importaciones, en función principalmente de un esquema que permita desincentivar el contrabando de mercaderías;
Que asimismo en virtud a los lineamientos y objetivos trazados, es deber del Estado atender las necesidades de la industria nacional, posibilitando su recuperación y una mayor expansión de sus actividades, tendentes a mejorar sus condiciones de competencia en el mercado interno frente a productos similares importados;
Que para efectos de aplicación a nivel operativo la nueva codificación y nomenclatura consignada en el Anexo a la presente disposición legal, se halla expresada de acuerdo a las modificaciones efectuadas por el Consejo de Cooperación Aduanera mediante la Decisión 145 del Acuerdo de Cartagena.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- A partir de la fecha se amplían las modificaciones de nomenclatura y tarifarias al Arancel Aduanero de Importaciones contenidas en el Decreto Supremo 17930 de 9/1/81, conforme se establece en el Anexo al presente Decreto Supremo.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Las exenciones previstas en el Artículo 2o del Decreto Supremo 17930, también son aplicables a las importaciones que se efectúen bajo éste régimen tributario, incluyéndose el 3 % del Recargo Adicional dispuesto por el Decreto Supremo 13362.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de abril de mil novecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Wáldo Bernal Pereira, Mario Rolón Anaya, Celso Torrelio Villa, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, Jorge Tamayo Ramos, Guillermo Escobar Ury, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán, Moreno, Rolando Canido Vericochea, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, José Villarreal Suárez, José Sánchez Calderón, Jorge Salazar Crespo, Alberto Saenz Klinsky.