30 DE ABRIL DE 1981 .- Autorízase al Comité de Obras Deportivas de La Paz, ceder gratuitamente 4 Has. en Alto Irpavi, al Instituto Normal Superior de Educación Física "Antonio José de Sucre", para la construcción de sus instalaciones y campos deportivos.
DECRETO SUPREMO Nº 18230
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Instituto Nornal Superior de Educación Física “Antonio José de Sucre”, fué creado por Decreto Ley de 3 de febrero de 1931, para dotar al país de profesores de Educación física, entrenadores, jueces e instructores deportivos;
Que el Instituto Normal Superior de Educación Física “Antonio José de Sucre”, pese a sus 50 años de vida, no cuenta con una infraestructura adecuada, para su normal desenvolvimiento y la preparación física de su alumnado;
Que por Decreto Supremo No 11748 de 30 de agosto de 1974, se dispuso al expropiación de una extensión de terreno en la meseta de Alto Irpavi, para la construcción de campos deportivos y áreas verdes de recreación;
Que el Comité Organizador de los VIII Juegos Deportivos Bolivarianos, fué el encargado de tramitar las diferentes expropiaciones y cancelar su valor;
Que por Decreto Supremo No 12782 de 21 de agosto de 1975, se crearon los Comités de Obras Deportivas Departamentales en sustitución de las representaciones departamentales del Comité Organizador de los VIII Juegos Deportivos Bolivarianos;
Que es deber del Estado dotar al Instituto Normal Superior de Educación Física “Antonio José de Sucre”, de una adecuada infraestructura, para el cumplimiento de sus específicas funciones en la enseñanza y desarrollo de la educación física.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Comité de Obras Deportivas Departamentales de La Paz, ceder gratuitamente cuatro hectáreas de terreno de su propiedad, situadas en Alto Irpavi de esta ciudad, al Instituto Normal Superior de Educación Física “Antonio José de Sucre”, para la construcción de sus instalaciones y campos deportivos.
ARTÍCULO 2.- El terreno cedido por el Comité de Obras Deportivas Departamentales de La Paz, tiene las siguientes dimensiones y colindancias: Al Norte con 113 y 184 metros lineales que colinda con la propiedad del Comité de Obras Deportivas Departamentales, al Sur con 200 y 56.50 metros lineales que colinda con la avenida sin nombre, al Este con 87 metros lineales que colinda con una avenida sin nombre sobre el barranco del Río Koani, y con 60 metros lineales que colinda con la propiedad del Comité de Obras Deportivas Departamentales, al Oeste con 114 y 99,70 metros lineales, que colinda con una avenida sin nombre sobre un barranco hacia la urbanización del Río Irpavi.
ARTÍCULO 3.- Para financiar la construcción de las instalaciones y campos deportivos de INSEF, se autoriza al Ministerio de Educación y Cultura, la venta en subasta pública y previa evaluación é intervención de la Dirección General de Bienes del Estado, los terrenos e inmuebles que posee actualmente el INSEF en las calles Juna de Vargas y Francisco Miranda de la zona de Miraflores; asimismo a sucribir convenios en entidades u organismos nacionales e internacionales de fomento a la infraestructura educacional.
ARTÍCULO 4.- Se constituye un Comité de Construcción de las instalaciones, campos y áreas deportivas el INSEF, el mismo que estará integrado por un representante de cada una de las siguientes Instituciones: Ministerio de Educación y Cultura, Secretaría General de Deportes y Juventudes, Honorable Alcaldía Municipal de La Paz y Comité de Obras Deportivas Departamentales de La Paz.
ARTÍCULO 5.- La formulación de planes y programas estará a cargo del Ministerio de Educación y Cultura, a través de la Dirección General de Educación Física y Juegos Recreativos en coordinación con las autoriadades de formación docente, el Instituto Nomal Superior de Educación Física prestará permanente asistencia técnica al deporte estudiantil de La Paz, en coordinación con el Instituto Departamental de Deportes.
ARTÍCULO 6.- El Ministerio de Educación y Cultura, reglamentará el uso de todas las instalciones, campos y áreas deportivas, para que tanto el Instituto Normal Superior de Educación Física, como el deportista en general se beneficien en la infraestructura deportiva existente.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Educación y Cultura, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de abril de mil novecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Wáldo Bernal Pereira, Mario Rolón Anaya, Celso Torrelio Villa Armando Reyes Villa Oscar Larraín Frontanilla, Jorge Tamayo Ramos, Guillermo Escobar Ury, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Rolando Canido Vericochea, Carlos Morales Núñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, José Villarreal Suárez, José Sánchez Calderón, Jorge Salazar Crespo, Alberto Sáenz Klinsky.