30 DE ABRIL DE 1981 .- Apruébase el Convenio suscrito en 6—I—81, entre la Asociación Proyecto Rositas y Min Asuntos Campesinos para Aprovechamiento múltiple de las aguas del Río Grande.
DECRETO SUPREMO Nº 18232
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que mediante Decreto Supremo No 11171 de 9 de noviembre de 1973, se aprueba el convenio suscrito entre la Corporación de las Fuerzas Armadas para el Desarrollo Nacional (COFADENA), Corporación Regional de Desarrollo de Santa Cruz (CORDECRUZ) y la Empresa Nacional de Electricidad (ENDE), tendiente a conformar la Asociación del Proyecto Rositas, con el fin de encarar los estudios de aprovechamiento múltiple de las aguas del Río Grande en la zona de Rositas, en sus etapas de prefactibilidad, factibilidad, diseño final, financiamiento, construcción y administración de proyecto.
Que la etapa de prefactibilidad de tal proyecto ha sido concluído y con el fin de proseguir las sucesivas etapas se requiere el concurso de otras instituciones que coadyuven dentro del marco de su especialidad, la implementación del proyecto.
Que dentro del rubro de riego, el Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, debe compatibilizar sus planes y programas con el proyecto múltiple Rositas.
Que es deber del Supremo Gobierno de la Nación impulsar los proyectos nacionales y regionales que inciden en el bienestar socioeconómico de la población, así como establecer políticas institucionales, con la menor dispersión de esfuerzos económicos y humanos.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se aprueba en todas sus partes el Convenio suscrito en 6 de enero de 1981, entre la Asociación Proyecto Rositas y el Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planeamiento y Coordinación, Defensa Nacional, Energía é Hidrocarburos, Asuntos Campesinos y Agropecuarios y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de abril de mil novecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Waldo Bernal Pereira, Mario Rolón Anaya, Celso Torrelio Villa, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, Jorge Tamayo Ramos, Guillermo Escobar Ury, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Rolando Canido Vericochea, Carlos Morales Núñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, José Villarreal Suárez, José Sánchez Calderón, Jorge Salazar Crespo, Alberto Saenz Klinsky.