11 DE MAYO DE 1981 .- Derógase el Art. 4o del D.S. Nº 17774 de 6-XI-80 referente a la liberación de derechos e impuestos sobre la adquisición de 9 vehículos para Min. Finanzas, debiendo balizarse con el pago total de los gravámenes vigentes.
DECRETO SUPREMO Nº 18287
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que mediante Decreto Supremo No 17774 de 6 de noviembre de 1980, el Ministerio de Finanzas fue autorizado por adquirir por compra directa de la firma Toyota Boliviana Ltda., la cantidad de nueve unidades de vehículos motorizados para las diferntes reparticiones de su dependencia; habiéndose hecho efectiva dicha compra y encontrándose los vehículos en la Aduana;
Que por disposición del artículo 4o de la indicada disposición legal dichas unidades estaban liberadas del pago de derechos arancelarios e impuestos nacionales, departamentales, municipales y todo otro gravámen impositivo, resultando, empero; una incongruencia que la entidad rectora del control de los gravámenes impositivos sea liberada del pago de éstos;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Derógase el artículo 4o del Decreto Supremo No 17774 de 6 de noviembre de 1980, referente a la liberación de derechos arancelarios e impuestos nacionales, departamentales, municipales y otros sobre la adquisición de nueve unidades de vehículos motorizados para el Ministerio de Finanzas, debiendo dicha operación realizarse con el pago total delos gravámenes impositivos vigentes.
El señor Ministro de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los once días del mes de mayo de mil nwiecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Wáldo Bernal Pereira, Mario Rolón Anaya, Celso Torrelio Villa, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, Jorge Tamayo Ramos, Guillermo Escobar Ury, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Rolando Canido Vericochea, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, José Villarreal Suárez, José Sánchez Calderón, Jorge Salazar Crespo, Alberto Saenz Klinsky.