14 DE MAYO DE 1981 .- Autorízase la asignación de una pensión vitalicia al Cnl. (r) Adolfo Ampuero Anzaldo de $b. 2.000.-.
DECRETO SUPREMO Nº 18310
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que es deber del Supremo Gobierno reconocer el trabajo y obra de los ciudadanos que prestaron eminentes servicios al país.
Que el señor Coronel en Retiro Adolfo Ampuero Anzaldo ha prestado excepcionales servicios durante la Guerra del Chaco, así como en la Administración Pública, en los cargos desempeñados.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase la asignación de una pensión vitalicia en favor del señor Coronel en Retiro Adolfo Ampuero Anzaldo por la suma de DOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 2.000.-) con cargo a la Partida 711 “Pensiones, Donaciones y Premios” del Presupuesto del Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, beneficio que se pagará a partir de la dictación del presente Decreto Supremo.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Previsión Social y Salúd Pública, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Natalio Morales Mosquera, Mario Rólon Anaya, Celso Torrelio Villa, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, Jorge Tamayo Ramos, Guillermo Escobar Ury, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Rolando Canido Vericochea, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, José Villarreal Suárez, Jorge Salazar Crespo, Alberto Saenz Klinsky.