01 DE JUNIO DE 1981 .- Modifícase la estructura de la Comisión Organizadora de la Sexta Reunión de la Conferencia Permanente de Organismos Nacionales de Política Científica y Tecnológica de América Latina y el Caribe, a realizarse en La Paz en octubre.
DECRETO SUPREMO Nº 18357
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que mediante Decreto Supremo No 17639 de lo de octubre de 1980, se crea la Comisión Organizadora de la Sexta Reunión de la Conferencia Permanente de Organismos Nacionales de Política Científica y Tecnológica de América Ltina y el Caribe, que debía realizarse en la ciudad de La Paz, del 20 al 30 de abril de 1981.
Que habiéndose postergado la realización de la Conferencia, se ha dispuesto que la misma se lleve a cabo del 19 al 27 de octubre del año en curso, cumpliendo de esta manera con el compromiso contraído por el Supremo Gobierno:
Que dada la importancia y velando por el éxito del evento, es necesario que la Comisión Organizadora disponga de personal técnico y de apoyo, además de medíos y equipos de cualquier repartición del Estado;
Que habiéndose modificado la composición de la Comisión Organizadora se debe proceder a su reestructuración, en función de las reparticiones del Estado que componen la Comisión y no así de las personas.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Modifícase la estructura de la Comisión Organizadora de la Sexta Reunión de la Conferencia Permanente de Organismos Nacionales de Política Científica y Tecnológica de América Latina y el Caribe, a realizarse en la ciudad de La Paz, entre el 19 y 27 de octubre del año en curso.
ARTÍCULO 2.- La Comisión Organizadora reestructurada en el artículo procedente, estará conformada de la siguiente manera:
PRESIDENTE
Dra. Julia Uriona de Olmos, Asesora General del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
DELEGADOS
Representante del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Representantes del Ministerio de Planeamiento y Coordinación.
Representantes del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Representantes del Ministerio de Educación y Cultura.
Representantes del Ministerio de Finanzas.
Representantes de la Academia Nacional de Ciencias.
ARTÍCULO 3.- Los artículos 2° y 3° del Decreto Supremo No 17639 de lo de octubre de 1980 se ratifican en todo su tenor.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Culto y de Planeamiento y Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, el primer día del mes de junio de mil novecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Wáldo Bernal Pereira, Mario Rolón Anaya, Celso Torrelio Villa, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, Jorge Tamayo Ramos, Guillermo Escobar Ury, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Rolando Canido Vericochea, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, José Villarreal1 Suárez, José Sánchez Calderón, Jorge Salazar Crespo, Alberto Saenz Klinsky.