01 DE JUNIO DE 1981 .- Declárase de necesidad y utilidad, pública la expropiación del terreno "La Torrecilla", en Cantón San Luís, Tarija, adyacente al Aeropuerto de Julia Serrano Castillo e hijos para construcción de un Matadero Frigorífico.
DECRETO SUPREMO Nº 18361
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que por disposición del Artículo 205 de la Constitución Política del Estado é inciso 7o del Artículo 9o de la Ley Orgánica de Municipalidades de 2 de diciembre de 1942, es atribución de las Municipalidades velar por el normal abastecimiento de subsistencias de las poblaciones, siendo la provisión de carnes uno de los más importantes que debe ser atendido en condiciones de oportunidad é higiene en los Centros de Abastecimientos previstos por las disposiciones del D. S. No 07773 de 3 de agosto de 1966;
Que con motivo de la construcción del edificio para el Matadero Frigorífico, la H. Alcaldía Municipal de Tarija ha dictado la Ordenanza Municipal No 9/81 de 12 de marzo de 1981;
Que en virtud del Artículo 22 de la Constitución Política del Estado, corresponde al Supremo Gobierno disponer la expropiación de terrenos de propiedad particular en función de necesidad y utilidad pública.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Declárase de necesidad y utilidad Pública la expropiación del terreno denominado “La Torrecilla” ubicado en el Cantón San Luís, Provincia Cercado del Departamento de Tarija, adyacente al Aeropuerto Internacional, con una superficie de 33.850 metros cuadrados de propiedad de Julia Serrano Castillo y de sus hijos Juan, Teófilo, Pastor, Eusebio y Natividad Muñoz Serrano y los que se creyeren con derecho de propiedad a dicho lote de terreno con destino a la construcción de un Matadero Frigorífico.
ARTÍCULO 2.- La Prefectura del Departamento de Tarija, queda encargada de iniciar y proseguir el trámite de expropiación de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 22 de la Constitución Política del Estado D. S. de 4 de abril de 1879, elevado a Ley en 30 de diciembre de 1884 disposiciones legales, hasta el estado de procederse a la cancelación de los montos expropiatorios por la Alcaldía Municipal de Tarija.
El señor Ministro de Estado en el Despacho del Interior Migración y Justicia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, el primer día del mes de junio de mil novecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Wáldo Bernal Pereira, Mario Rolón Anaya, Celso Torrelio Villa, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, Jorge Tamayo Ramos, Guillermo Escobar Ury, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Rolando Canido Vericochea, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, José Villarreal Suárez, José Sánchez Calderón, Jorge Salazar Crespo, Alberto Saenz Klinsky.